viernes, 22 de septiembre de 2023

SALESFORCE: AYESA AT CONTRA LOS TRABAJADORES

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En el día de ayer, el diario ABC publicaba una nota de prensa redactada por AYESA que titulaba de la siguiente manera:

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En dicha nota de prensa redactada por la Empresa, y difundida por ABC, señala AYESA cuestiones como:

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Como puedes leer, AYESA dice que "esta unidad de negocio está plenamente activa desde 2015" y que están centrados en "incorporar las últimas innovaciones de Salesforce". Hasta aquí las palabras de la Empresa, su propaganda. ¿Cuál es la verdad? Pues a tenor del plan de formación para el año 2023 entregado por la Empresa a la representación sindical y legal de los trabajadores, AYESA AT sólo tiene planificado un único curso de iniciación en Salesforce de 24 horas para 13 trabajadores. Curso que según la planificación se realizaría en enero.

¡Menos mal que están plenamente activos! Se traduce en un único curso de 24 horas para 13 personas en 2023 previsto que no tenemos constancia de que se haya realizado.

Y si miramos un poco hacia atrás tenemos que:

  • En el año 2021 se celebraron en AYESA AT 3 cursos de Salesforce al que acudieron, en total, 4 trabajadores.

  • En el año 2022 se celebraron en AYESA AT 4 cursos de Salesforce al que acudieron, en total, 12 trabajadores.

Si el futuro pasa por el Salesforce, como dice la Empresa, los trabajadores de AYESA AT lo tenemos crudo a tenor de la inexistente formación proporcionada por AYESA AT a la plantilla. Y mientras habla de incrementar la plantilla un 25% para Salesforce, AYESA AT despide a trabajadores y niega formación en Salesforce. Es evidente que, de ser cierta la propaganda de AYESA, el futuro que está diseñando no tiene en cuenta a la plantilla actual a la que dejará fuera de éste, y ahí están los datos de formación profesional que lo atestiguan.

¡Ahí tienes las palabras y también tienes los hechos de la Empresa!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A ASC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

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jueves, 21 de septiembre de 2023

AYESA FELICITA A LOS PROGRAMADORES MIENTRAS LOS MACHACA

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El pasado jueves 14 de septiembre, la empresa se dirigió "a la tribu de programador@s Ayesers" en tanto que el 13 de septiembre de 2023 fue el "Día Internacional del Programador".

La Empresa nos "informaba" de las razones de ese día y nos decía sobre los programadores que, según las propias palabras de la empresa, "podríamos decir que los programadores son los arquitectos de la tecnología que conecta y facilita nuestro día a día.".

Lo primero que debemos decir es que el día de la clase obrera, y a esa clase pertenecemos todos los que estamos obligados a vender nuestra fuerza de trabajo a cambio de un salario ─ya seamos programadores, matemáticos o soldadores…─ es el día Primero de Mayo.

Lo segundo que debemos decir es que a tenor de esta definición de programador, AYESA AT está pagando por debajo del salario a todos aquellos que tengan reconocido el grupo profesional (3-D o 3-E), pues reconoce que desempeñan una función superior a la que recoge el convenio. Un programador no debería analizar, ni diseñar, ni definir, ni proyectar, sino hacer lo que recoge el Convenio, "ejecutar procesos administrativos y técnico-operativos, de baja y media complejidad". O lo que es lo mismo, un programador debe desarrollar las tareas por las que cobra y no tener otras responsabilidades. Aunque en AYESA AT, es característico que un trabajador o una trabajadora desarrolle funciones superiores a su grupo profesional cobrando por un grupo profesional inferior, algo común a los programadores que AYESA dice felicitar. ¡Menos felicitaciones fariseas y más salario en reconocimientos del trabajo!

Y ya que estamos, los programadores ─y los trabajadores con otras categorías─ hubieran preferido que la Empresa hubiera actualizado los salarios conforme al deficiente XVIII Convenio TIC vigente en el mes de agosto que ya estaba vigente y haber pagado los atrasos en lugar de agotar los plazos con fútiles felicitaciones.

Esos "arquitectos de la tecnología que conecta y facilita nuestro día a día" han cobrado hasta hoy, sin trienios, entre el salario mínimo interprofesional y los 18.247,42 euros brutos al año y, pasarán por el XVIII Convenio TIC a percibir a partir de este mes entre el salario mínimo y 18.703,61 euros brutos al año. ¡Menos felicitaciones hipócritas y un salario digno para unos trabajadores mal remunerados cuyas condiciones económicas son paupérrimas!

Y mientras la Empresa nos trata como si fuéramos tontos, en los foros empresariales, como el de la AEC señalan cuestiones como:

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O lo que es lo mismo, la Empresa pide colaboración económica al Estado para que le dé dinero público que le permita desarrollar o acceder a la Inteligencia Artificial al objeto de adaptar la estructura productiva a ese desarrollo de la IA que significa destruir los puestos de trabajo de un gran número de programadores. Y es que la patronal quiere dinero público ─obtenido de los trabajadores que somos los que pagamos los impuestos, pues ya están sus marionetas políticas para hacer que los empresarios no paguen o paguen lo menos posible─ para despedir al mayor número de trabajadores y eso, según ellos, servirá para "mejorar la productividad".

Mientras tanto, esos que te felicitan filisteamente cada vez destinan más recursos a la automatización para sustituir las horas/hombre por las horas de automatización, teniendo departamentos para la automatización de procesos de gestión y de producción.

El pasado 5 de julio podíamos leer el siguiente artículo https://www.genbeta.com/desarrollo/cinco-anos-no-habra-necesidad-programadores-humanos-creador-stable-diffusion-ia-habra-sustituido donde se señalan cuestiones importantes que debemos conocer. El título del artículo es clarificador:

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Si bien te recomendamos leer la noticia y otras enlazadas para que te hagas una configuración de lugar y tiempo, te extractamos de esta noticia lo siguiente:

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Ya ves, compañero/a, por un lado te felicitan y por el otro van investigando para empobrecer tus condiciones de trabajo, cuando no eliminar tu puesto de trabajo, y negarte tu derecho al trabajo y, para ello, piden "colaboración público-privada", que traducido al castellano cuando lo dice la patronal significa que quieren dinero público para que el Estado financie la modernización productiva, en este caso la automatización, a las empresas privadas. Los mismos que te insultan diciendo que "papá Estado no debe dar paguitas que fomenten la improductividad" y que "piden recortes públicos en sanidad, pensiones y educación públicas" son los que piden dinero público ─que sale de las espaldas de los trabajadores─ para llevar a cabo sus objetivos obscenos y espurios.

ASC no está en contra del desarrollo tecnológico ni de la automatización de la producción, todo lo contrario. De lo que sí está en contra es que ese desarrollo tecnológico esté en manos de los empresarios y no de la clase obrera, es decir, en contra de que esté al servicio del bolsillo de una minoría avara e inhumana y no al servicio del bienestar del pueblo trabajador.

Lo que hay en juego en los días que corren no solo es el trabajo, el salario sino la vida y, por ello, es hora de que los trabajadores y las trabajadoras estemos organizados y desde la unidad, como un solo puño, actuemos porque el inmenso avance tecnológico se ponga al servicio de la humanidad, del progreso social, y ello pasa porque los beneficios de ello se traduzcan en reducción drástica de la jornada laboral sin reducción alguna de salario, ello pasa por garantizar una vida digna a la clase obrera y ello pasa por impedir que los empresarios tengan el poder económico y empresarial que debe estar sometido al interés general que no puede ser otro que la vida humana, una vida digna.

 

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miércoles, 20 de septiembre de 2023

LOS EFECTOS DE LA “RETRIBUCIÓN FLEXIBLE”

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La Retribución flexible no te beneficia, y la sanidad privada tampoco.

Allá por el año 2017, en plena vorágine represiva de AYESA AT contra el Comité de Empresa ─con mayoría absoluta de ASC─ la Dirección de RRHH, junto con sus sindicatos amarillos, se lanzaban a engañar a la plantilla con una propuesta de la Dirección de AYESA, en nuestra opinión, totalmente deleznable: la retribución flexible.

Esta medida, de la retribución en especie, fue promovida por el antiobrero Gobierno del corrupto Mariano Rajoy, con el señuelo de aminorar levemente la base para el IRPF de los trabajadores para que los empresarios pudieran maquillar "retribuciones sociales" que ciertamente pagan los trabajadores y deducírselas y, estos sí, pagar muchos menos impuestos de los que pagaban.

Pasados seis años de esta medida te preguntamos, ¿ha mejorado tu nivel de vida el acogerte a dicha medida? ¿Lo has notado en tu bolsillo? ¿Has percibido la minoración de tu salario en especie en tu pago de IRPF? Sin duda, la respuesta es NO a todas las preguntas realizadas.

Sin embargo, la salud económica del grupo AYESA en general, y de AYESA AT en particular, dista mucho de la nuestra como trabajadores. Tu retribución flexible a la Empresa sí que le renta. Por ejemplo, con tu seguro médico privado.

AYESA hace un seguro de salud colectivo con una aseguradora, por ejemplo DKV. El trabajador que se adhiere a dicho seguro paga a la Empresa de su deducción en su nómina, y su aminoramiento del salario bruto, pasando a ser beneficiario. Pero quien realmente es el tomador del seguro, quien paga, es el cliente y se puede deducir en el impuesto de sociedades es la Empresa, que ve como los propios trabajadores con su sueldo le rebajan la base impositiva para rebajar lo que debe de pagar de impuestos.

Te adjuntamos las cuantías resultantes de la liquidación del impuesto de sociedades de AYESA AT estos últimos años:

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Las cifras en amarillo, en negativo, quieren decir que a AYESA AT le salió el Impuesto de Sociedades favorable, es decir, que ingresó esas cuantías. Como puedes constatar, una Empresa que factura más de 100 millones de euros al año, en los últimos 8 ejercicios únicamente ha pagado como Impuesto de Sociedades 86.440 euros. Y como puedes ver, por las cifras, desde 2017 que la Empresa planteó la Retribución Flexible, coincide con una bajada a más de la mitad de lo que pagaba de Impuestos de Sociedades. A ti la retribución flexible no te ha repercutido en mejorar tu salud económica, sin embargo, la salud fiscal y, por ende, la salud económica de la Empresa al pagar menos impuestos ─cuando no percibir dineros por la vía del Impuesto de Sociedades─ sí que ha mejorado y, todo ello gracias a tu dinero.

Y es que las políticas realizadas por los Gobiernos de los empresarios ─ya sean del PP o del PSOE con sus respectivos acólitos─, como por ejemplo la que habilita la Retribución Flexible, lo que buscan es que los empresarios ganen más dinero a costa de los trabajadores, siendo la clase obrera la que sostiene con el pago de sus impuestos las cargas económicas de ese Estado nocivo para la clase obrera. Adjuntamos un cuadro que demuestra quién paga cada vez más impuestos (trabajadores) y quien cada vez paga menos impuestos de los que ya pagaba (empresarios):

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Como puedes ver los trabajadores pagamos más impuestos, a pesar de que nuestros salarios reales ─intercambio del salario nominal por mercancías y servicios─ están bajando y que nuestros salarios nominales crecen por debajo del IPC y todavía más por debajo de los beneficios empresariales. En las celdas en amarillo puedes ver el comportamiento general de las empresas, con independencia del sector.

En realidad el Plan de Retribución Flexible beneficia a los empresarios y perjudica a la clase obrera y sobrecarga fiscalmente a los trabajadores para que paguemos todo aquello que se deducen y desgravan los empresarios.

La retribución flexible no te beneficia, y la sanidad privada tampoco. El pasado 10 de septiembre en la prensa podíamos leer lo siguiente:

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Y en mayo de 2023 podíamos leer:

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No contribuyas a la liquidación de la sanidad pública haciendo que los empresarios, que cada día ganan más a costa de explotarnos inmisericordemente, paguen menos impuestos y su voracidad haga que se deterioren los servicios públicos.

Recuerda que si tienes una enfermedad grave, un parto u otra dolencia con una mediana entidad, aunque seas beneficiario de un seguro privado de salud, el sistema sanitario privado no te atenderá y te mandará a la sanidad pública. En mayo pudimos leer que:

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En el caso de que estés acogido a la retribución flexible recuerda que quien se está enriqueciendo es la Empresa, pagando menos impuestos. Y recuerda que eres tú y el pueblo trabajador los que perdemos, pues habrá menos recursos para la sanidad pública, y otros servicios públicos, y como puedes ver para buscar una cita, aunque sea telefónica, mínimo tienes que esperar 10 días. Recuerda que sólo la sanidad pública será quien te salve a ti y a tu familia.

¡Compañero/a reflexiona! La empresa no hará nada donde no se beneficie económicamente, y su beneficio económico es lo que únicamente le mueve y viene de la mano de la agudización y de que los trabajadores perdamos.

Nuestra salida no pasa por enriquecer al empresario siendo beneficiarios de un seguro que quien es tomador es la empresa. Nuestra salida pasa por forzar que la Empresa, por que los empresarios paguen sus impuestos. Nuestra salida pasa por no participar en la erosión de los servicios públicos, de la sanidad, y por la organización y la lucha para defender a la salud pública, los servicios públicos y no contribuir con los que hacen de la avidez su bandera y de machacar a la clase trabajadora su praxis.

¡Si estás adscrito a la Retribución Flexible bórrate!

 

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martes, 19 de septiembre de 2023

18 DE SEPTIEMBRE: NUEVO DESPIDO EN AYESA AT

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El lunes 18 de septiembre, hemos recibido la carta de despido objetivo del compañero JMLM, del centro de trabajo de Sevilla, perteneciente al grupo profesional 3-E-I, con un contrato indefinido y una antigüedad del 3 de junio de 2019.

El pasado día 13 de septiembre AYESA "felicitaba" a los programadores por ser el Día del Programador y, días después, despide a uno de ellos.

El motivo de despido que aduce la Empresa es el siguiente que te extractamos a continuación:

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De este despido debemos concluir:

  1. Que AYESA AT está utilizando el contrato indefinido de manera fraudulenta, de tal modo que en realidad lo emplea como si fuera un contrato temporal demostrándose el inmenso fraude que es la Reforma Laboral del "Gobierno más progresista de la historia" con el apoyo de CCOO y de UGT. Aspecto este que se reafirma en que la empresa sigue contratando a trabajadores del mismo grupo profesional.

  2. Como puede comprobarse, AYESA AT actúa como una empresa de trabajo temporal que cede a trabajadores temporalmente a clientes más que como una empresa de consultoría sería, y ahí tenéis un nuevo ejemplo.

  3. La Empresa miente descaradamente en la carta de despido, con absoluta desvergüenza e impunidad. Tiene el rostro de dejar por escrito que no había carga de trabajo para un programador (3-E-I), que no había trabajo en el resto de las áreas y que han intentado reubicarlo. Y esto lo afirmamos porque hace 10 días la Empresa remitió al Comité de Empresa de Sevilla un anuncio de inicio de procesos selectivos de 7 puestos de trabajo donde se requerían 2 del grupo profesional 3-E-I, por tanto, existían 2 puestos de trabajo que el compañero despedido podía ocupar.

Nuevamente AYESA miente sin pudor alguno, y muestra cómo emplea una legislación laboral que da manga ancha a los empresarios en sus atropellos. El despido de ayer fue una agresión contra toda la plantilla, al igual que cada despido que se produce, y nos muestra la necesidad de los trabajadores y las trabajadoras de organizarnos para defender nuestros derechos, nuestros intereses y nuestros puestos de trabajo.

Es una necesidad que los trabajadores y las trabajadoras fortalezcamos la organización de los trabajadores y conformemos una fuerza donde actuemos de manera colectiva para defender nuestros intereses, derechos y dignidad como trabajadores. Ya sabéis cuál es la lógica y los objetivos de AYESA para con la plantilla, y es hora de que la plantilla rechacemos sus nefastas políticas antiobreras y de destrucción de puestos de trabajo e incremento de la precariedad. ASC rechaza de plano el despido del compañero y estamos a su disposición para defender sus derechos que son los de todos y todas.

El respeto se gana con organización y con lucha, no hay otra manera.

 

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lunes, 18 de septiembre de 2023

SOBRE LAS CLASES

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En nuestros comunicados hablamos de "sindicalismo de clase".



El sindicalismo de clase es la expresión de la unidad de la clase obrera, organizándola, concibiendo que el motor de la historia es la lucha de clases y que existen dos clases sociales antagónicas, objetivamente determinadas a través de las relaciones de producción (relaciones de propiedad sobre los medios de producción o empresas) y del lugar que las personas ocupan en dichas relaciones. En este sentido, actualmente existen dos grandes clases sociales, la clase de los empresarios (o burguesía) y la clase obrera. Los empresarios poseen la propiedad sobre medios de producción y la clase obrera, cada vez más despojada, solo posee su fuerza de trabajo, la cual se ve obligada a vender a cambio de un salario que no refleja el valor generado por el obrero sino una mínima parte. El objetivo del sindicalismo de clase es hacer que la clase obrera se emancipe de la explotación asalariada y superar el régimen de explotación capitalista.

En este escenario, dichas clases sociales tienen intereses antagónicos (el empresario quiere más beneficios y el trabajador quiere más salario y mejores condiciones laborales y de vida) y, por tanto, se establece una lucha. Esta lucha la tienen clara los empresarios, prueba clásica de ello se resume en la famosa frase del magnate de los negocios Warren Buffet.


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Recientemente han salido a la luz unos comentarios realizados por un empresario australiano donde defiende (para regocijo de los liberales) que se debe atacar a la clase obrera a través del paro masivo y la miseria para recordarles que es dicha clase quien trabaja para los empresarios y no al revés; tal es la arrogancia y el sentimiento de superioridad con que se dirige a la clase que genera la riqueza que él se apropia.


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Como veis, sea expresado en público o en privado, abiertamente o de manera disimulada, los empresarios tienen muy claro que existe una pugna, una lucha de clases, por la riqueza que generan los trabajadores; una pugna que puede resolverse en más beneficios para ellos o en más salarios y mejores condiciones para los trabajadores, y que todo depende de quien vaya ganando la guerra entre clases. Y la guerra, claramente, la va ganando la clase empresarial:


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A estos beneficios records podemos contrastar la pérdida masiva de poder adquisitivo de los salarios de la clase obrera:


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¿Y por qué van ganando ellos cuando son una pequeñísima minoría comparada con los miles de millones de trabajadores del planeta? Porque la clase empresarial, al poseer los medios de producción y el capital, posee los medios masivos de comunicación, y por tanto los grandes medios de propaganda (a través de los cuales nos conciencian de que la lucha de clases es una mentira infumable y nos mantienen individualizados, aislados inoculando permanentemente el pensamiento y la ideología burguesa en los cerebros de la clase obrera); poseen el poder del Estado, a través del cual manejan a los sindicatos verticales del Estado (esos que reciben cientos de miles de millones de euros, corruptos hasta la médula) y al aparato represivo (que no dudan en utilizar para reprimir a la unión real y efectiva de trabajadores). En definitiva, van ganando porque están organizados y tienen plena conciencia de cuáles son sus intereses como clase y de las herramientas que deben utilizar y que utilizan para hacer valer sus intereses.

Por tanto, para tener un poder real en esta lucha de clases, la clase obrera debe hacer lo propio, esto es, debe salir del individualismo en que nos tienen inmersos y permanecer unida a través de sindicatos de clase, al margen de los sindicatos controlados por el Estado y, mediante la organización, la movilización y la lucha, conquistar derechos y condiciones económicas y de vida y fortalecer las posiciones emancipadoras de la clase obrera hasta acabar con la explotación capitalista y poner toda la riqueza en manos de la mayoría de la población, de la clase trabajadora. Sindicatos formados por trabajadores con conciencia plena de la clase de la que forman parte y a la que representan, y no sindicatos dominados por vividores enriquecidos con el ejercicio sindical que no son más que una extensión de la otra clase, de la Patronal y su Estado, cuya existencia es vital para que estos mantenga el régimen de explotación capitalista que perpetúa y amplifica la miseria entre la clase obrera. Solo así podremos luchar y hacer valer nuestros derechos y nuestros medios de vida.

 

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viernes, 15 de septiembre de 2023

LA REALIDAD Y NUESTROS SALARIOS

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El pasado 12 de septiembre conocíamos que:

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Según señalan, en agosto los alimentos han crecido, de media, un 10,5%. Sin embargo, el aceite de oliva en el último año ha crecido un 52,5% (un 114,8% desde agosto de 2021), el azúcar un 42,5%, el arroz un 21,6%, la carne de cerdo un 15,6%, las patatas un 18%, la leche de vaca un 14,1%…

El Euribor en julio escaló al 4,1%, aunque en el día de ayer el BCE subió nuevamente el tipo de interés ubicándolo en el 4,5%.

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Esto significa que quien tuviera una hipoteca de 150.000 euros a 30 años, con interés de Euribor+0,99% ha visto pasar su cuota mensual 542,65 euros a 804,41 euros, o lo que es lo mismo, la mensualidad de la hipoteca se le ha encarecido un 48,24%.

Con respecto a la gasolina, a fines del mes pasado leíamos en la prensa lo que sentíamos en el bolsillo cuando íbamos a la gasolinera:

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Demostrando que rebajar los impuestos no significa abaratar la mercancía. De hecho los empresarios lo que han hecho, en el caso del combustible, es encarecer aún más el precio, llevándose a sus bolsillos lo que antes iba a las arcas del Estado vía impuestos.

Según el propio sindicato CCOO, firmante del XVIII Convenio de Traición en el sector TIC, reconoce lo siguiente:

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Y ello lo corrobora la patronal AEC en sus informes anuales, año tras año incrementan sus cifras de explotación, facturación y beneficios:

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Y mientras los precios rompen listones de inflación, de carestía de vida, con respecto a 2022 y 2021 ─que rompieron todos los listones en carestía de vida─ y los beneficios empresariales se incrementan, como si no hubiera un mañana, nuestros salarios siguen perdiendo poder adquisitivo con el XVIII Convenio TIC firmado por CCOO y UGT:

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El cinismo de CCOO es superlativo, por un lado, reconocen que los empresarios cada día ganan más a costa de los salarios de los trabajadores y, por el otro, firman convenios de traición, como el XVIII Convenio TIC, y dividen y desmovilizan a los trabajadores para que los empresarios cada día ganen más, siendo responsables de esta situación en la que nos encontramos los trabajadores.

O los trabajadores nos implicamos en primera persona y fortalecemos la organización de los trabajadores (el sindicalismo de clase, ASC), rompiendo con los sindicatos amarillos amamantados con dinero público en forma de subvenciones y liberaciones que emanan del "diálogo social" que hacen esos sindicatos y la patronal, y rompiendo con la patronal haciendo que sus sindicatos (CCOO y UGT) pierdan influencia en los centros de trabajo, o la tendencia es clara: los empresarios serán más ricos, sus esbirros conseguirán sus migajas y la mayoría de los trabajadores seremos cada día más pobres.

 

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jueves, 14 de septiembre de 2023

Permisos para cuidados al gusto de la patronal

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Deber inexcusable para acompañamiento a menores a citas médicas.

La histórica ausencia de una regulación específica en el Estatuto de los Trabajadores para recoger sin ambigüedad el derecho a la atención y cuidados familiares ha dificultado (y dificulta) a los trabajadores satisfacer los derechos básicos de los menores que el resto del cuerpo legislativo reconoce: la Constitución, el Código Civil, la ley de protección del menor, así como otras disposiciones europeas e internacionales.

En este sentido, la distancia entre las necesidades reales de las familias y la legislación laboral ha impedido atender adecuadamente a los hijos, dando lugar a una fuerte litigiosidad en sedes judiciales, que inicialmente fueron dando la razón a los trabajadores.

De esta forma, varios tribunales superiores de justicia determinaron la interpretación del uso del permiso retribuido recogido en el art. 37.3 d), el denominado deber inexcusable, fundamentándose en la obligación legal de los progenitores de atender a los hijos menores al cargo.

Sin embargo, en diciembre de 2020 el Tribunal Supremo zanjó el asunto, favoreciendo a la patronal, como hace prácticamente siempre, excluyendo el acompañamiento médico dentro de los supuestos del deber inexcusable. De esta forma, se trasladó el coste del tiempo de los cuidados, de los empresarios a los trabajadores, aunque sí se mantuvo como una ausencia justificada no remunerada, que deben recuperarse o ser descontada del sueldo.

La sinrazón de tal sentencia se constata en tanto que en el Estatuto del Empleado Público se realizaron modificaciones para dejar claro que el derecho al permiso retribuido por deber inexcusable es equivalente al de las necesidades derivadas de la conciliación familiar, no así se hizo en el Estatuto de los Trabajadores, pensando los legisladores siempre en favorecer a los empresarios.

Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.

Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:

j) Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral

De esta forma, el Estado, al servicio de la patronal, se ha encargado de atar desde las instituciones cualquier avance para los trabajadores, y favorecer a los empresarios, ya sea con la prohibición dictada por el TS, como por las continuas reformas laborales que desde el inicio de la "democracia" los gobiernos sucesivos han ido dictando, y donde los trabajadores hemos ido perdiendo derechos continuamente, hasta generalizar la precariedad en todos los sectores.

El carácter clasista en favor de los empresarios de este Tribunal Supremo se constata continuamente con sus sentencias, no sólo con ésta aquí reseñada, siendo también claramente indecente la que falló contra la demanda de esta sección sindical en 2016, ante la impugnación que hicimos respecto a la absorción de los trienios, en la entonces Sadiel, y que supuso un giro de 180º en la jurisprudencia del propio tribunal hasta la fecha, permitiendo con ello a la patronal ahorrarse centenares de millones de euros en todo el sector desde entonces, con la absorción y compensación a los trabajadores de sus complementos personales con cada nuevo trienio de antigüedad acumulado.

Nuevos permisos para cuidados a familiares, redactados para beneficiar a la patronal

Con el Gobierno autodenominado más progresista de la historia, y desde su ala "izquierda" (PODEMOS-IU), haciendo de la bandera de la "igualdad" como la fórmula para olvidar las reivindicaciones laborales del pueblo y ocultar su plena afinidad con la patronal (véase la reforma laboral que consolida la tan nefasta reforma de Rajoy y machaca a los trabajadores), ha vendido como propia la reivindicación de los nuevos permisos para cuidados, eso sí, lo ha incorporado por la vía de urgencia (real decreto), para poder usarlo en la campaña de engañoso márketing para rascar voto obrero durante las elecciones anticipadas.

No obstante, la realidad es que lejos de ser su iniciativa, es una obligación dictada desde Europa, mediante la directiva 2019/1158 que estaban obligados a trasponer a la legislación nacional, y a la que han llegado con tres años de retraso. Lo que sí ha sido mérito propio del Gobierno es el haber hecho una transposición donde se pervierte lo determinado por Europa, dejando el derecho al permiso para cuidados prácticamente inservible, como siempre al servicio de la patronal. De forma que lo que en la directiva se distinguían como dos permisos, "Ausencia del trabajo por causa de fuerza mayor", y "Permiso para cuidadores", en el ET han sido mezclados ambos de manera malintencionada, impidiendo en la práctica que se pueda usar el permiso para cuidados a la vez que rebajar un día de lo establecido por la UE.

Así, en la directiva 2019/1158, el permiso para cuidados no establece limitaciones en la casuística en las que puede usarse, y es de cinco días, y el permiso por fuerza mayor se corresponde con el permiso ya existente para hospitalización del ET (que antes era de dos días). Sin embargo, han sido traspuestos al ET mezclando su denominación, para otorgar las limitaciones de fuerza mayor al permiso de cuidados y quitarle un día, quedando como el permiso de fuerza mayor de 4 días. Así, pese a que en la presentación de los permisos en las ruedas de prensa de consejos de ministros donde se han anunciado pusieron como ejemplo "poder atender al niño que ha pasado la noche vomitando", difícilmente la patronal va a consentir que se use para eso, llevando a los trabajadores a pleitear en los juzgados si existe o no fuerza mayor, como ya hemos constatado en el caso de Ayesa, negando el uso del permiso argumentando que "no existe correlación entre el horario laboral y el de la causa de fuerza mayor", que "no queda acreditado la necesidad de cuidados del familiar pese ha haber requerido acudir a urgencias", o que el permiso "está pensado para usarlo únicamente cuando se encuentra la jornada laboral iniciada".

En la práctica, el nuevo permiso es difícilmente aplicable, siendo más una medida propagandística de escaso valor real.

Directiva europea 2019/1158

Real Decreto-ley 5/2023

Permiso para cuidadores 1. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que cada trabajador tenga derecho a disfrutar de un permiso para cuidadores de cinco días laborables al año por trabajador.

La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año,...

(añade las limitaciones que tenía el permiso por hospitalización)

Ausencia del trabajo por causa de fuerza mayor Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que cada trabajador tenga derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor, por motivos familiares urgentes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable la presencia inmediata del trabajador

Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja a de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella. (Pasa de 2 a 5 días, que es lo estipulado para el permiso de cuidados, quedando ambos restringidos)

Por otro lado, el denominado permiso parental, de 8 semanas para el cuidado de menores hasta los 8 años, ha sido traspuesto como permiso no remunerado, dejando su remuneración en suspenso hasta donde la directiva le permite, que marca para ello la fecha límite de octubre de 2024. Vemos como el nivel de progresismo del Gobierno así como su bandera de la igualdad quedan limitados por lo que digan desde Europa. Además, dado que la directiva considera el permiso como una extensión del permiso de nacimiento, su remuneración vendría como subvención por la vía de la Seguridad Social. En cualquier caso, el permiso sin remunerar para el cuidado de hijos ya está justificado con la legislación anterior, con lo que no aporta novedad, salvo el servir para evitar en algo la litigiosidad al respecto, que seguramente la patronal quiera, no obstante, seguir manteniendo para tratar de conculcar más derechos abusando del uso de los tribunales.

Si volvemos al punto de partida, donde el deber inexcusable como permiso retribuido era el criterio aplicable en estos casos, vemos de nuevo como la nueva legislación ha sido hecha al gusto del empresario, de manera que, en el caso de que llegue a remunerarse el nuevo permiso parental, éste ya no tendrá que sufragarlo el empresario. Para ello, la patronal sólo ha tenido que teledirigir a jueces y legisladores, bajo su control, con los que revertir en su provecho aquello que le perjudicaba de la ley, para lanzarla contra los trabajadores.

Implicación y lucha la única vía para ganar derechos

Ante un estado cuyas instituciones están manejadas y controladas por la patronal es necesario que los trabajadores abandonemos la desidia y dejemos de delegar en terceros la responsabilidad de defender y obtener nuevos derechos que permitan tener unas condiciones de vida digna a nuestras familias. La mera participación con nuestro voto en las urnas para elegir a unos representantes políticos que son títeres de aquellos que se lucran con nuestra explotación no puede nunca dar como resultado mejora alguna para los trabajadores. La degradación de nuestras condiciones de vida durante todo el periodo "democrático" así lo certifica. Para un verdadero cambio, es imprescindible que cada uno de nosotros seamos protagonistas en primera persona, fortaleciendo la organización de clase, colectiva de los trabajadores, y seamos protagonistas de la lucha que mediante la presión y la movilización arranque a la patronal aquello que nos pertenece, y que continuamente nos arrebata.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A ASC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE A.S.C. EN AYESA AT

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miércoles, 13 de septiembre de 2023

CONCILIACIÓN EN EL SIMA SOBRE EL TELETRABAJO

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El pasado día 25 de julio te remitimos un comunicado con asunto "25 JULIO, SUSPENDIDA LA CONCILIACIÓN EN EL SIMA SOBRE SMART JOB" donde te informamos de la suspensión de la conciliación que interpuso ASC como acto previo a la vía judicial ─conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional─ ante la demanda que nuestro sindicato ha interpuesto contra la imposición unilateral del modelo de teletrabajo denominado SMART JOB, dado que, en nuestra opinión, AYESA AT pisotea el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores, así como la legislación relacionada con el teletrabajo, Ley 10/2021 de 9 de julio de trabajo a distancia.

Aparte de lo mencionado, en la denuncia de ASC contra la imposición unilateral del SMART JOB desgranamos algunas de las vulneraciones de nuestros derechos como son:

  1. El punto 12.5 del anexo del procedimiento Ayesa Smart Job vulnera el artículo 4.1 del Estatuto de los Trabajadores.

  2. En la cláusula de reversibilidad, mientras que los trabajadores tenemos un periodo de preaviso, la empresa se autoexime de emplear dicho preaviso, pues ella se arroga todopoderosa la capacidad de no preavisar bajo la justificación de que "se detecte mal uso de esta modalidad por parte de la persona trabajadora".

  3. El procedimiento de teletrabajo impuesto unilateralmente es discriminatorio para con los trabajadores dependiendo del porcentaje de teletrabajo, en aspectos tan esenciales como la ergonomía que forma parte de la salud laboral o incluso la remuneración.

  4. Según el procedimiento impuesto por la empresa, existe discriminación entre el trabajador que teletrabaja y el que acude presencialmente al centro de trabajo, por ejemplo, en el caso de que se interrumpa el servicio de internet o el fluido eléctrico el 50% o más de la jornada. De tal modo que para el que acude al centro de trabajo ese tiempo cuenta como tiempo efectivo de trabajo y, por el contrario, el teletrabajador deberá recuperar dicho tiempo de trabajo, no contándole como tiempo de trabajo efectivo.

  5. El procedimiento impuesto unilateralmente por la empresa otorga a AYESA AT la capacidad para alterar unilateralmente el acuerdo por necesidades de la empresa sin compensación alguna para el trabajador.

  6. AYESA AT vulnera lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 10/2021 de 9 de julio de tal manera que impone un protocolo de desconexión digital, no negociado con la representación sindical, sólo a los trabajadores que teletrabajan, donde además AYESA AT les niega explícitamente el derecho a la desconexión digital imponiéndoles la conexión digital permanente.

  7. No existe una negociación entre trabajador y empresa, sino que la empresa impone las condiciones dejando al trabajador la adscripción a la imposición unilateral que obliga al trabajador pero no obliga a la Empresa, como se puede comprobar.

Pues bien, en el día de ayer 12 de septiembre se celebró el acto de conciliación en el SIMA que se suspendió el pasado día 25 de julio, del cual te adjuntamos el acta de conciliación en el fichero pdf adjunto.

En dicha conciliación estábamos citados los órganos unitarios de los trabajadores existentes en AYESA AT, todos los sindicatos y la Empresa.

En primer lugar ha intervenido el compañero que representaba al sindicato ASC explicando de manera breve la papeleta de conciliación interpuesta por el sindicato ante el SIMA que contiene la demanda y que, de manera esquemática, os hemos trasladado anteriormente.

Posteriormente han intervenido la delegada de personal de Barcelona y el delegado que ha representado a la Sección Sindical de UGT, que se ha identificado también como miembro del banco social de la Mesa Negociadora del Plan de Igualdad. Ambos compañeros han manifestado su conformidad con lo expresado por el representante de ASC, coincidiendo con nuestro sindicato en que nos encontramos ante una nueva vulneración de la negociación colectiva por parte de la Empresa, al igual que ha hecho la Empresa con el plan de igualdad.

La representación de la Empresa ha señalado que el teletrabajo es un contrato de adhesión y que la ley del teletrabajo no exige negociación alguna y que la Empresa es quien tiene la capacidad para la organización del trabajo y, por ello, no tiene nada que negociar con los trabajadores ni sus representantes. Asimismo, la Empresa ha justificado las situaciones de desigualdad que provoca la imposición de su modelo de teletrabajo, tanto en recuperación del tiempo en el caso de caída de fluido eléctrico y de red ─que el que acude trabaja presencial no debe recuperar y el que teletrabaja sí debe recuperar─, en la cláusula de reversibilidad donde la empresa justifica en autoeximirse de preavisar ésta acogiéndose a lo que le venga en gana ─bajo la etiqueta de la transgresión y la buena fe contractual que es el cajón desastre no definido para que las empresas hagan lo que les viene en gana y que CCOO y UGT sistemáticamente les firman en los regímenes disciplinarios a la patronal en los convenios─, en discriminar según el porcentaje superior o inferior al 30% del teletrabajo, etcétera.

La Empresa ha llegado a decir que sus condiciones de teletrabajo mejoran lo contemplado en el XVIII Convenio TIC. Con lo que ya sabéis a quién beneficia el XVIII Convenio TIC y, precisamente, no somos los trabajadores los beneficiados.

Y como no podía faltar, la empresa también ha faltado a la verdad cuando ha afirmado en el SIMA que el sistema SMART JOB ya regía en AYESA AT antes de la pandemia y que la Audiencia Nacional ya les había convalidado el SMART JOB.

Hemos de recordar que lo que la Audiencia Nacional le convalidó a AYESA AT fue el HOT DESK como medida de contingencia contra la COVID ─tal y como defendió la Empresa en el juicio─, y hemos de recordar que antes de la pandemia en AYESA AT no había implantado ninguna organización del trabajo mediante la fórmula del teletrabajo o trabajo a distancia como todos vosotros sabéis, donde disponíamos de ordenadores de sobremesa y puestos de trabajo fijos. De hecho fuimos muchos los que en la pandemia tuvimos que llevar monitores y torres a nuestras casas para trabajar en el primer estado de alarma.

Los mediadores han preguntado a la Empresa si había posibilidad de negociar algunos aspectos expresados en la demanda de ASC, a lo que los representantes de la Empresa han respondido que ellos estiman que la ley no les obliga a negociar y, por tanto, entrar a negociar algo sería dar la razón a ASC, reiterando que los acuerdos que la Empresa impone de teletrabajo son superiores a las condiciones que marca el Convenio.

Como puedes comprobar, la Empresa niega por sistema la negociación colectiva para mostrar a la plantilla que de nada le va a servir la organización y la lucha colectiva de los trabajadores, pretende inocular la impotencia en el cerebro de cada uno de vosotros y vosotras para garantizar la división, la desmoralización y la impotencia de la plantilla, al objeto de garantizar el actual escenario donde los empresarios y sus acólitos se enriquecen cada vez más a costa de un mayor empobrecimiento de la clase trabajadora.

Y es que la Empresa sabe bien de la enorme fortaleza que tendremos los trabajadores y las trabajadoras cuando estemos organizados y desterremos por completo la división y la salida individual. Ese momento que teme la Empresa como una vara verde, será el momento en que la soberbia y el despotismo de la Empresa morderá el polvo y las condiciones de los trabajadores y de las trabajadoras, tanto económicas como laborales, empezarán a avanzar.

Por último, y a pesar de estar citados por el SIMA, CCOO no ha acudido. CCOO ni está, ni se le espera. Parece ser que la acción sindical de CCOO este verano ha sido realizada a través de una delegada suya en el Comité estando más pendiente de que sus compañeros no introdujeran los patinetes en ALIA, antes de que la Empresa escribiera en vergonzosos papeles en los tornos en el mes de agosto con nocturnidad y alevosía que no entraran en dicho edificio, y habrán quedado tan exhaustos que nada tenían que decir acerca del SMART JOB ni acerca de cómo la Empresa pisotea los derechos y la dignidad de la plantilla. ¡Qué vergüenza!

¡Te seguiremos informando!

 

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