viernes, 30 de octubre de 2020

ESTADO DE ALARMA, NIVEL DE ALERTA 4. LAS AUTORIDADES SANITARIAS ESTABLECEN “Acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones precisas…”

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Desde el pasado domingo 25 de octubre, el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros la declaración del estado de alarma en el territorio nacional para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Hoy, jueves 29 de octubre, se presenta para su ratificación en el Parlamento con una duración de seis meses, propuesta que cuenta con amplia mayoría para ser aprobada.

En la declaración del estado de alarma el Gobierno establece como autoridad competente delegada a la Presidencia de cada comunidad autónoma.

En la noche del 28 de octubre, el Presidente de la Junta de Andalucía comunicó el cierre perimetral de Andalucía desde la medianoche del jueves 29 de octubre hasta el 9 de noviembre, así como el de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla (y sus municipios) junto a otras demarcaciones de Andalucía, al encontrarse todos ellos en nivel de alerta 4, el nivel máximo de alerta.

Al igual que en Andalucía, en el territorio nacional se encuentran otras comunidades autónomas en nivel de alerta 4, como Madrid, Cataluña, Aragón, Castilla León, La Rioja o Navarra. De hecho, en el mediodía del día de ayer, el Govern de Cataluña agudizó el confinamiento en todo su territorio, de tal modo que se confinan perimetralmente tanto toda Cataluña como cada uno de sus municipios, se cierran los centros comerciales, y los centros de trabajo —públicos y privados— tendrán que limitar al máximo la movilidad de los trabajadores, adaptando las medidas técnicas necesarias para que se promueva el teletrabajo, entre otras medidas.

Las medidas de restricción de la movilidad contempladas para el nivel de alerta 4 que han sido tomadas en estas comunidades autónomas están recogidas en el plan acordado el pasado 22 de octubre por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud junto al Ministerio de Sanidad, y materializadas en el documento que enlazamos: Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de la COVID-19.

Dicho documento establece los niveles de alerta del 1 al 4, en función de la evaluación del riesgo, según indicadores de tipo epidemiológico (de transmisión) y de capacidad asistencial, siendo el nivel 4 el de mayor gravedad y para el que, además de las medidas relativas al nivel de alerta 3, se reservan las medidas restrictivas que, para poder tomarlas, requieren de la declaración del estado de alarma, con la que la ley permite que ciertas libertades puedan verse afectadas, como es la restricción a la movilidad.

Asimismo, el documento establece el marco de actuación proporcional en respuesta al nivel de alerta y, como se puede ver en el cuadrante adjunto, concretamente para el ámbito del trabajo, y en condiciones generales, el documento establece "Fomentar al máximo el teletrabajo" desde el nivel de alerta 1, el más bajo de ellos, así como "Acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones precisas siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención." para el nivel de alerta 3, medidas que se aplican igualmente en el nivel 4.

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Por todo esto, desde la Sección Sindical de CSC al igual que los delegados de prevención David Blanco Oranto y Eduardo Jiménez García —delegados del Comité de Empresa de Sevilla y miembros de la Sección Sindical de CSC— hemos solicitado por escrito a la Dirección de RRHH, una vez conocido lo decretado tanto por la Junta de Andalucía como por lo que anticipaba la Generalitat de Catalunya —que en el día de ayer confirmaron la Consellera de Presidència y el Conseller d'Interior del Govern— que decrete el teletrabajo al 100% para toda la plantilla en todos los centros de trabajo en el Estado español, dada la situación de estado de alarma y el nivel de alerta en que nos encontramos en todo el territorio nacional, así como el volumen de contagios, de propagación y confinados que se están dando en los centros de trabajo de la empresa, y que afectan ya a casi el 10% de la plantilla.

La Dirección de AYESA AT nos ha respondido con el escrito que te adjuntamos en el fichero Respuesta solicitudes SS CSC y DP CSC 29.10.20.pdf. La respuesta dada por la Empresa demuestra su ideología contraria a los trabajadores así como su insensibilidad ante lo que está aconteciendo, demostrando que no le importa absolutamente nada la salud de los trabajadores ni de sus familias. Os recomendamos que leáis la respuesta dada por la Empresa para que podáis ver, con nitidez, el verdadero rostro de la Empresa.

AYESA AT, entre otras cosas, señala lo siguiente:

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En AYESA AT, según la propia empresa, hay un 10% de compañeros confinados, ya sea por haber dado positivo en COVID-19, por ser contacto estrecho o por tener sintomatología, a la espera de resultado PCR. Sólo alguien que tiene menos sensibilidad social que un mosquito puede aseverar que "no concurren circunstancias que obliguen a la realización de toda la actividad laboral en modalidad de teletrabajo", cuando tenemos abiertos en Sevilla dos brotes por COVID-19 —en ALIA y en TORRE SEVILLA— o por ejemplo, en Cataluña, donde la situación sanitaria tiene una extremada gravedad, como lo atestiguan los datos, puesto que —para no saturar el sistema sanitario— no debería haber más de 1.000 casos positivos diarios y en la última semana llevan superándose los 5.000 nuevos casos diarios, provocando que el sistema sanitario en Cataluña esté al borde del colapso. La irresponsabilidad de empresas como AYESA AT hacen que los casos suban, y es que donde realmente sube la incidencia y la propagación de la COVID-19 es en los espacios cerrados con una deficiente ventilación (donde las oficinas de AYESA son un claro ejemplo de riesgo para la salud de los trabajadores como estamos viendo) y en la masificación para acudir al trabajo de los transportes públicos.

¡Ahí tenéis el verdadero rostro de la Dirección de AYESA! ¡Ahí tenéis la sensibilidad y empatía que la Empresa tiene para con los trabajadores y con nuestra salud! Que es ninguna, porque a AYESA ni le preocupa la salud de la plantilla ni, por lo que comprobamos, la salud pública y, únicamente, por lo que apreciamos lo que les importa es la salud de sus cuentas y resultados. La única manera que tenemos los trabajadores de solventar nuestros problemas es fortaleciendo la organización de los trabajadores, que en AYESA AT es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC), para construir una fuerza capaz de confrontar nuestros intereses como trabajadores a los valores de la Empresa que, como comprobamos, son la soberbia, la insolidaridad y el desprecio absoluto a los trabajadores y nuestras familias. Cuando la Empresa te pida empatía para dividirnos, para aislarnos, para derrotarnos, recuerda la empatía que la Empresa tiene contigo y que, aquí, te han retratado.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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jueves, 29 de octubre de 2020

UN NUEVO POSITIVO DE COVID-19 EN AYESA AT, ESTA VEZ EN REPÚBLICA ARGENTINA

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En el día de hoy, jueves 29 de octubre, a las 18:01 horas, RMP, en nombre de la Empresa, nos remitía un correo electrónico con el asunto "Positivo COVID-19 Ayesa Advanced Technologies S.A. - República Argentina" cuyo contenido completo a continuación te reproducimos:

Buenas tardes,

Nos acaban de informar de un nuevo caso positivo de COVID entre la plantilla de Ayesa Advanced Technologies S.A.:

- Trabajador asignado a República Argentina: no acude a las oficinas desde el 18/10/2020 que se identificó como contacto estrecho de un positivo fuera de la oficina y desde entonces permanece en teletrabajo preventivo. Nos ha comunicado su positivo hoy tras darle los resultados de la PCR.

Tal como marca nuestro protocolo, hemos mandado a reforzar intensamente las tareas de desinfección con los productos homologados para combatir contra la Covid-19, en las zonas por las zonas que nos ha indicado el trabajador.

Efectuadas las labores de rastreo para conocer si tuvo contacto estrecho con algún otro empleado del centro de trabajo, no mantuvo contacto estrecho con nadie de Ayesa.

Cualquier cosa, a vuestra disposición.

Saludos/Best Regards

RMP

Como puedes comprobar, a los brotes activos en ALIA y TORRE SEVILLA, se suma el primer caso –que nos han informado– en el centro de trabajo de República Argentina en Sevilla.

La crisis sanitaria en el país se acentúa cada día que pasa, los casos de COVID-19 se multiplican en la provincia de Sevilla, la cual a partir de la medianoche será confinada perimetralmente, al igual que todos sus municipios. Con el sistema sanitario avanzando inexorablemente hacia el colapso, para la Dirección de AYESA AT no hay motivos para que los trabajadores desarrollemos nuestra actividad mediante la modalidad de teletrabajo al 100%.

Poco le importa a la Empresa la sucesión cada vez mayor de casos que se están dando. Y es que en AYESA AT, según dice la propia empresa, prácticamente un 10% de la plantilla está confinado por ser contacto estrecho o por tener sintomatología compatible con la COVID-19.

En la comunicación nos dicen lo siguiente: "- Trabajador asignado a República Argentina: no acude a las oficinas desde el 18/10/2020 que se identificó como contacto estrecho de un positivo fuera de la oficina y desde entonces permanece en teletrabajo preventivo".

Es decir, que el trabajador no acude desde el 18 de octubre que, curiosamente, era domingo, un día que según el calendario laboral y el convenio no es laborable. Ahí tenemos a la Empresa vulnerando el calendario laboral que impone unilateralmente y el convenio. ¡Así es como cumple la ley AYESA AT!

Recordad que hace escasamente 8 días, el pasado 21 de octubre, la Sección Sindical de UGT os escribía un comunicado titulado "Medidas preventivas en centro de Av. República Argentina" donde señalaban lo siguiente:

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Ni que decir tiene que es mentira lo expresado por UGT en dicho comunicado, que blanquea a la Empresa y engaña a la plantilla como nuestra sección sindical ha demostrado, sino que la propia Dirección a la que blanquean les deja con el culo al aire señalando que en República Argentina trabajan los compañeros incluso en domingo y que las medidas de prevención y salud adoptadas en República Argentina – que son las exigidas por UGT y que según ellos son cumplidas por la Empresa – hace que ésta vulnere el calendario laboral, el convenio colectivo, se trabaje en domingo, por no hablar de los problemas ergonómicos en los puestos de trabajo, los problemas de iluminación, el incumplimiento de la normativa de PVD, por no hablar de los problemas de temperatura y ventilación. Ocho días después del blanqueo de UGT a la Dirección de AYESA AT y el engaño a la plantilla, se produce el primer positivo de COVID-19 informado por la Dirección.

Hemos de recordarte que tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el Gobierno de España reconocen que la COVID-19 se contagia por aerosoles, a través del aire a mucho más de 2 metros, con lo que es deficiente la distancia de 1,5metros que señala AYESA con el objetivo de hacer que el máximo número de trabajadores desarrollen su trabajo de manera presencial. Te adjuntamos el siguiente enlace explicativo: https://www.newtral.es/aerosoles-coronavirus-evidencia/20201006/

A tenor de esto, todo compañero/a que haya compartido sala con ese positivo, o con cualquier positivo anterior, debería ser considerado contacto estrecho, hacerse la prueba de la COVID-19 y, mientras se conozca el resultado, estar confinado. Como puedes ver la Empresa no solo no lo hace, sino que en un espacio cerrado, no ventilado de manera natural, ni tan siquiera obliga a que tengas la mascarilla colocada en el puesto de trabajo. Como puedes ver, se conjugan la irresponsabilidad de la Dirección con la dejadez y la poca importancia que da a la salud de los trabajadores, demostrando que su política "anti-COVID" no es más que un patadón hacia adelante para cubrir el expediente, protegerse la Empresa sus propias espaldas y dejar vendidos a los trabajadores al contagio de la COVID-19. A todo esto debéis añadirle la irresponsabilidad del modelo hot-desk, impuesto unilateralmente por AYESA AT que favorece el contagio y dificulta los rastreos, y que únicamente ha impugnado CSC ante la Audiencia Nacional, cuyo juicio está señalado para el próximo día 12 de enero. Ni que decir tiene que tanto UGT como CCOO no han denunciado absolutamente nada porque están plenamente de acuerdo con el modelo hot-desk. Y el Comité de Empresa de Sevilla ni está ni se le espera, para eso están los esbirros sindicales de la Dirección, para inutilizarlo y aniquilarlo.

Los hechos dan la razón a CSC, cuando hace un mes demandamos la realización de un Pleno Extraordinario del Comité de Empresa, justificando la necesidad de la aplicación del artículo 21.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los trabajadores de AYESA AT y del resto de empresas que concurren en el edificio ALIA y en Torre Sevilla tienen un riesgo muy grave e inminente de ser contagiados.

Hay que recordar que el presidente del Comité de Empresa, violando la ley y el Reglamento del Comité de Empresa, con el apoyo incondicional de los sindicatos amarillos de RRHH –CCOO y UGT– no sólo impidió la celebración del pleno extraordinario del Comité que legalmente los delegados del comité pertenecientes a CSC demandamos, sino que se han opuesto radicalmente a exigir a la Autoridad Laboral la ejecución del artículo 21.3 de la LPRL para que los trabajadores no acudan a ALIA ni a Torre Sevilla, ambos lugares donde hay abiertos sendos brotes de COVID-19.

Desde CSC hacemos responsable a la Dirección de AYESA del brote de COVID-19 abierto en ALIA y en Torre Sevilla. Pero no sólo hacemos responsable a la Dirección de AYESA, sino también a sus esbirros sindicales –CCOO y UGT con el presidente del Comité a la cabeza– porque no sólo han liquidado al Comité y lo han puesto al servicio de la Dirección sino porque también han expresado que la aplicación del artículo 21.3 de la LPRL, ante una situación de riesgo grave e inminente, es un acto de mala fe demostrando su rastrerismo y la sumisión de CCOO y UGT a la Dirección de AYESA, que es quien verdaderamente hace y deshace hoy en el Comité de Sevilla.

Es momento de recordar, también, cómo UGT sirve a la Empresa:

  • Inutilizando al Comité, vulnerando los derechos de los delegados del Comité y de los trabajadores y conduciéndolo a la ilegalidad y a la indignidad. Contando, sin duda, en tan miserable labor con el apoyo incondicional de CCOO.

  • Blanqueando ante la inspectora de Trabajo a la Dirección de AYESA AT.

  • Blanqueando ante los trabajadores a la Dirección de AYESA, señalando que cumple en materia de prevención en República Argentina, cosa que no es cierta.

  • Blanqueando a la Empresa ante la plantilla, no dudando en convertirse en altavoz de ésta. Recordemos que el pasado viernes a las 14 horas os decían:

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    Resulta que a día de hoy muchos compañeros de grupos de riesgo, así como compañeras embarazadas nos dicen que no han recibido ninguna comunicación de las que UGT, haciendo de voz de la Empresa, señalaban. ¿Estamos ante una nueva acción arbitraria y discriminatoria de la Empresa? Sin duda, ese es el pasteleo mesacamillero del engaño que le gusta a la Empresa y a sus esbirros de UGT.

¿Y qué decir del protocolo de AYESA ante la COVID-19 impuesto unilateralmente por el Comité de Dirección donde estamos excluidos los trabajadores y sus representantes? Pues que los hechos demuestran su inutilidad, la incompetencia de los responsables que lo han pergeñado, que únicamente sirve para que la Dirección trate de sacudirse la responsabilidad que tiene ante los casos que están aconteciendo. Por actuaciones irresponsables como las de esta empresa, y otras, así como de los poderes políticos que hacen las leyes pensando únicamente en el beneficio de los empresarios, nuestro pueblo se encuentra en la situación de gravedad sanitaria que se llevará por delante la vida de miles de trabajadores y trabajadoras.

La única salida que tenemos los trabajadores es organizarnos en torno al sindicalismo de clase, que en AYESA AT es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC), y fortalecerla al objeto de que los trabajadores organizados y movilizados construyamos la fuerza suficiente para confrontar las políticas nocivas y contrarias a los trabajadores de la Dirección a las que los esbirros no dudan en hacer seguidismo y darle cobertura, liquidando los instrumentos de representación de los trabajadores y blanqueando los atropellos de la Empresa.

CSC, como hace siempre, denunciará este nuevo positivo en República Argentina ante las autoridades pertinentes. Asimismo exigimos que la Empresa aplique el teletrabajo al 100% de la plantilla mientras prosiga el estado de alarma, el cual ha sido aprobado por el Parlamento hasta el 9 de mayo.

¡Fortalece el sindicalismo de Clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

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AYESA AT INCUMPLE EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN TODOS LOS CENTROS DE TRABAJO

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Estimados compañeros y compañeras:

El pasado 6 de octubre, la responsable del servicio de prevención de AYESA (RMP) informó a los delegados de prevención sobre las mediciones higiénicas que estaban planificadas para las oficinas de Torre Sevilla y República Argentina para los días 15 y 16 de octubre respectivamente (mediante un email con asunto "Mediciones higiénicas Torre Sevilla y Rep Argentina 15-16/10/2020"). Los delegados de prevención del Comité de Empresa que somos miembros de CSC respondimos que asistiríamos a las mediciones.

Por parte de la representación de los trabajadores asistimos los siguientes delegados de prevención de riesgos laborales (PRL):

  • 1 por UGT

  • 2 por CSC

  • No asistió ninguno por CCOO, como bien sabéis, CCOO ni está ni se le espera.

En las mediciones realizadas por el técnico de la empresa Quirón Prevención se tomaron medidas sobre:

  • Iluminación

  • Calidad del aire y humedad relativa

  • Temperatura

  • Nivel de ruido

En el transcurso de las mediciones se detectaron una serie de irregularidades en ambos edificios, como fueron:

  • Zonas donde la iluminación era deficitaria o excesiva.

  • Lámparas fundidas o cuadros de luz que no funcionaban en determinadas zonas.

  • Problemas en determinadas zonas con la temperatura.

Los dos delegados PRL del Comité de Empresa que son miembros de CSC, al final de ambas mediciones, solicitamos que se nos hiciese llegar el informe final elaborado por la empresa encargada de las mediciones higiénicas (Quirón Prevención).

La visita de los delegados PRL a las instalaciones de Torre Sevilla y República Argentina, ha puesto de manifiesto muchos otros incumplimientos en materia de seguridad y salud, que os pasamos a detallar, y de los cuales son perfectamente conocedores y conscientes la dirección de Ayesa AT, el servicio de prevención y los diferentes responsables de proyectos, todos ellos conocedores y partícipes de dichos incumplimientos:

  • En las oficinas de República Argentina la responsable del servicio de prevención, ante comentarios de trabajadores allí ubicados, no tuvo más remedio que reconocer problemáticas importantes con los puestos de trabajo, puesto que mediante la modalidad impuesta unilateralmente por la empresa del modelo Hot Desk, o puestos/sillas calientes:

    • Muchos de los puestos de trabajo no garantizan ni cumplen con lo marcado por la legislación vigente, y es que el puesto de trabajo debe estar adaptado al trabajador y no que el trabajador se adapte al puesto de trabajo.

    • El empresario es quién deberá garantizar y poner a disposición de los trabajadores un puesto de trabajo y los medios necesarios para que el trabajador pueda desempeñar las funciones y tareas que le son asignadas. En este mismo sentido, el hecho de que los trabajadores tengan que hacer reservas de los puestos de trabajo, incumple esta normativa, incumple el propio Estatuto de los Trabajadores.

    • Los puestos de trabajo deben cumplir la normativa sobre PVD (pantalla de visualización de datos), pues los trabajadores de Ayesa AT somos trabajadores PVD. En las visitas, nuestros delegados de prevención han podido observar que hay multitud de puestos en los que no se cumple esta normativa: personas trabajando con el portátil sin elevador o algún otro sistema que permita regular la altura de la pantalla; puestos sin los cables necesarios o con cableado tirado por el suelo, obligando al trabajador a "buscarse la vida" e incluso a tener que meterse debajo de la mesa para poder conectar los equipos; puestos con acumulación de monitores y/o torres CPU, etc.

El sindicato CSC, como ya os hemos trasladado, ha sido la única organización de los trabajadores (pues UGT y CCOO son organizaciones al servicio de la empresa) que ha demandado por la vía judicial el modelo Hot Desk, estando pendiente de juicio en la Audiencia Nacional en enero de 2021.

Como hemos manifestado anteriormente, la dirección de la empresa (y sus sindicatos amarillos), la responsable del servicio de prevención y los diferentes responsables de proyectos son conscientes de que:

  • Hay puestos que no disponen de los medios necesarios para trabajadores PVD.

  • No tienen un monitor y en ocasiones no tienen los cables necesarios para adaptar la señal de vídeo (HDMI/VGA) de los mismos, incluso llegando al caso de que trabajadores/as han tenido que costear de su bolsillo dichos adaptadores para poder trabajar en unas condiciones mínimas.

  • Hay puestos que no disponen de un teclado ni ratón.

  • A los trabajadores no se les ha informado de qué pasos deben dar en el caso de que sus puestos de trabajo no estén adaptados para que dicha problemática sea solventada por la empresa. Esta problemática se le trasladó a la responsable del SPM, respondiendo ésta que la plantilla está informada en todas las comunicaciones que se envían desde el servicio de prevención y que no es culpa suya que la gente no lea los correos.

  • A la representación de los trabajadores no se nos informa, ni se nos consulta, ni mucho menos se nos permite la participación en todas estas cuestiones. La empresa, en su política contraria a los intereses de los trabajadores, hace y deshace sin importarle lo que piensen los trabajadores y sus representantes, ni en cómo les afectan sus decisiones.

Os queremos recordar lo que dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales):

"Artículo 17. Equipos de trabajo y medios de protección.
1. El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos."

Así mismo, el artículo 15 Principios de la acción preventiva de la LPRL, indica que será el empresario el que aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el Artículo 14. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales, con arreglo a los siguientes principios generales:

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La propia empresa lo reconoce en su intranet. Si buscamos en el sitio web de Ayesaworld la palabra "PVD", nos salen, a modo de ejemplo, los siguientes resultados:

  • Manual de Oficinas. Manual de seguridad y salud en oficinas editado por la mutua FREMAP

  • DO- 2064 (GUÍA ERGONÓMICA. DO- 2064 Revisión 26.5 Mayo 2020). Documento interno de Ayesa, en forma de guía ergonómica sobre los puestos de trabajo con PVD (pantalla de visualización de datos).

Tal y como puedes leer en el documento DO-2064, los puestos de trabajo en Ayesa AT están catalogados como PVD y deben tener los siguientes ELEMENTOS:

EQUIPO:

  • Monitor/Pantalla

  • Teclado

  • Ratón

  • Silla

OTROS:

  • Reposapiés

Así como se debe garantizar unas condiciones mínimas y un ENTORNO adecuado de trabajo en los siguientes aspectos:

  • Espacio

  • Iluminación

  • Reflejos y deslumbramientos

  • Ruidos

  • Calor

  • Humedad relativa

En la página 4 de dicho documento podéis ver la siguiente imagen:

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En la página 7 podéis ver un resumen gráfico de un puesto de trabajo adaptado a PVD.

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Si todo esto es grave, más grave aun es cómo el sindicato amarillo UGT intenta blanquear a la empresa (pues CCOO ni se la ve ni se la espera). En el correo que envió UGT a la plantilla, con asunto "Medidas preventivas en centro de Av. República Argentina" el pasado día 21 de octubre, UGT intenta limpiar las vergüenzas e incumplimientos de la empresa. Por una parte reconoce una serie de irregularidades e incumplimientos de la empresa, para seguidamente trasladar que los problemas han sido solventados, cuando eso es absolutamente falso y lo reconoce la propia responsable del servicio de prevención durante las visitas a las oficinas de República Argentina. En su comunicado puedes leer cómo te engañan y manipulan la realidad, llegando a falsearla para blanquear a la empresa cuando comentan en su comunicado: "En los sucesivos Comités de Seguridad y Salud (CSS), desde UGT hemos insistido en la reparación de estas deficiencias. Tras el seguimiento realizado por compañeros de UGT in situ en varias ocasiones y la presentación de diferentes escritos a RRHH, los problemas han sido solventados."

También debemos indicar que estas cuestiones de los puestos de trabajo catalogados como PVD no solo se incumplen en las oficinas de República Argentina (reiteramos, por si hubiera dudas, como pudo comprobar in situ la responsable del servicio de prevención), sino que estos hechos y problemáticas se dan en otras instalaciones y oficinas, como son en Torre Sevilla, edificio ALIA, etc., allá donde la empresa ha impuesto unilateralmente el modelo hot desk.

Compañero/a, que no te engañen, con la imposición unilateral del modelo Hot Desk (demandado por la vía judicial únicamente por CSC) puedes comprobar y estás padeciendo cómo a la empresa le importa más su bolsillo que la seguridad y salud de los trabajadores. La empresa hace responsable y traslada al propio trabajador/a toda política de prevención de riesgos laborales, limpiándose las manos, no realizando el empresario una nueva evaluación de los puestos de trabajo PVD para comprobar, mediante la metodología del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) -Guía para la evaluación de puestos de trabajo con PVD-, todo lo referente tanto al equipo como al diseño del puesto de trabajo con pantallas de visualización de datos, etc.

Como os hemos demostrado, la empresa incumple en todas estas cuestiones y no garantiza unas disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización).

Ni la empresa cumple con sus obligaciones, ni informa ni consulta ni da participación a los trabajadores y sus representantes.

Os seguiremos informando.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

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UN NUEVO POSITIVO DE COVID-19 EN TORRE SEVILLA

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Ayer, 28 de octubre, a las 19:32 horas, RMP, en nombre de la Empresa, nos remitía un correo electrónico con el asunto "Positivo COVID-19 Ayesa Advanced Technologies S.A. - Torre Sevilla" cuyo contenido completo a continuación te reproducimos:

Buenas tardes,

Nos acaban de informar de un nuevo caso positivo de COVID entre la plantilla de Ayesa AT:

- Trabajador asignado a Torre Sevilla, planta 8: no acude a las oficinas desde el 21/10/2020. Nos ha comunicado su positivo hoy tras darle los resultados de la PCR, pero el 23/10 se identificó como contacto estrecho de un positivo fuera de la oficina y le indicamos que debía permanecer en teletrabajo preventivo.
Tal como marca nuestro protocolo, hemos mandado a reforzar intensamente las tareas de desinfección con los productos homologados para combatir contra la Covid-19, en las zonas por las zonas que nos ha indicado el trabajador.
Efectuadas las labores de rastreo para conocer si tuvo contacto estrecho con algún otro empleado del centro de trabajo, se identifican 4 contactos estrechos los cuales ya se encuentran en régimen de teletrabajo preventivo.

Cualquier cosa, a vuestra disposición.

Saludos/Best Regards

RMP

Tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el Gobierno de España reconocen que la COVID-19 se contagia por aerosoles, a través del aire a mucho más de 2 metros, con lo que es deficiente la distancia de 1,5 metros que señala AYESA con el objetivo de hacer que el máximo número de trabajadores desarrollen su trabajo de manera presencial. Te adjuntamos el siguiente enlace explicativo: https://www.newtral.es/aerosoles-coronavirus-evidencia/20201006/

A tenor de esto, todo compañero/a que haya compartido sala con ese positivo, o con cualquier positivo anterior, debería ser considerado contacto estrecho, hacerse la prueba de la COVID-19 y, mientras se conozca el resultado, estar confinado. Como puedes ver la Empresa no solo no lo hace, sino que en un espacio cerrado, no ventilado de manera natural, ni tan siquiera obliga a que tengas la mascarilla colocada en el puesto de trabajo. Como puedes ver, se conjugan la irresponsabilidad de la Dirección con la dejadez y la poca importancia que da a la salud de los trabajadores, demostrando que su política "anti-COVID" no es más que un patadón hacia adelante para cubrir el expediente, protegerse la Empresa sus propias espaldas y dejar vendidos a los trabajadores al contagio de la COVID-19. A todo esto debéis añadirle la irresponsabilidad del modelo hot-desk, impuesto unilateralmente por AYESA AT que favorece el contagio y dificulta los rastreos, y que únicamente ha impugnado CSC ante la Audiencia Nacional, cuyo juicio está señalado para el próximo día 12 de enero. Ni que decir tiene que tanto UGT como CCOO no han denunciado absolutamente nada porque están plenamente de acuerdo con el modelo hot-desk. Y el Comité de Empresa de Sevilla ni está ni se le espera, para eso están los esbirros sindicales de la Dirección, para inutilizarlo y aniquilarlo.

Los hechos dan la razón a CSC, cuando hace un mes demandamos la realización de un Pleno Extraordinario del Comité de Empresa, justificando la necesidad de la aplicación del artículo 21.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los trabajadores de AYESA AT y del resto de empresas que concurren en el edificio ALIA y en Torre Sevilla tienen un riesgo muy grave e inminente de ser contagiados.

Hay que recordar que el presidente del Comité de Empresa, violando la ley y el Reglamento del Comité de Empresa, con el apoyo incondicional de los sindicatos amarillos de RRHH –CCOO y UGT– no sólo impidió la celebración del pleno extraordinario del Comité que legalmente los delegados del comité pertenecientes a CSC demandamos, sino que se han opuesto radicalmente a exigir a la Autoridad Laboral la ejecución del artículo 21.3 de la LPRL para que los trabajadores no acudan a ALIA ni a Torre Sevilla, ambos lugares donde hay abiertos sendos brotes de COVID-19.

Desde CSC hacemos responsable a la Dirección de AYESA del brote de COVID-19 abierto en ALIA y en Torre Sevilla. Pero no sólo hacemos responsable a la Dirección de AYESA, sino también a sus esbirros sindicales –CCOO y UGT con el presidente del Comité a la cabeza– porque no sólo han liquidado al Comité y lo han puesto al servicio de la Dirección sino porque también han expresado que la aplicación del artículo 21.3 de la LPRL, ante una situación de riesgo grave e inminente, es un acto de mala fe demostrando su rastrerismo y la sumisión de CCOO y UGT a la Dirección de AYESA, que es quien verdaderamente hace y deshace hoy en el Comité de Sevilla.

Es momento de recordar, también, cómo UGT sirve a la Empresa:

  • Inutilizando al Comité, vulnerando los derechos de los delegados del Comité y de los trabajadores y conduciéndolo a la ilegalidad y a la indignidad. Contando, sin duda, en tan miserable labor con el apoyo incondicional de CCOO.

  • Blanqueando ante la inspectora de Trabajo a la Dirección de AYESA AT.

  • Blanqueando ante los trabajadores a la Dirección de AYESA, señalando que cumple en materia de prevención en República Argentina, cosa que no es cierta.

  • Blanqueando a la Empresa ante la plantilla, no dudando en convertirse en altavoz de ésta. Recordemos que el pasado viernes a las 14 horas os decían:

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    Resulta que a día de hoy muchos compañeros de grupos de riesgo, así como compañeras embarazadas nos dicen que no han recibido ninguna comunicación de las que UGT, haciendo de voz de la Empresa, señalaban. ¿Estamos ante una nueva acción arbitraria y discriminatoria de la Empresa? Sin duda, ese es el pasteleo mesacamillero del engaño que le gusta a la Empresa y a sus esbirros de UGT.

¿Y qué decir del protocolo de AYESA ante la COVID-19 impuesto unilateralmente por el Comité de Dirección donde estamos excluidos los trabajadores y sus representantes? Pues que los hechos demuestran su inutilidad, la incompetencia de los responsables que lo han pergeñado, que únicamente sirve para que la Dirección trate de sacudirse la responsabilidad que tiene ante los casos que están aconteciendo. Por actuaciones irresponsables como las de esta empresa, y otras, así como de los poderes políticos que hacen las leyes pensando únicamente en el beneficio de los empresarios, nuestro pueblo se encuentra en la situación de gravedad sanitaria que se llevará por delante la vida de miles de trabajadores y trabajadoras.

La única salida que tenemos los trabajadores es organizarnos en torno al sindicalismo de clase, que en AYESA AT es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC), y fortalecerla al objeto de que los trabajadores organizados y movilizados construyamos la fuerza suficiente para confrontar las políticas nocivas y contrarias a los trabajadores de la Dirección a las que los esbirros no dudan en hacer seguidismo y darle cobertura, liquidando los instrumentos de representación de los trabajadores y blanqueando los atropellos de la Empresa.

CSC, como hace siempre, denunciará este nuevo positivo en Torre Sevilla ante las autoridades pertinentes.

¡Fortalece el sindicalismo de Clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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