lunes, 19 de octubre de 2020

LA DIRECCIÓN DE RRHH DE AYESA DISCRIMINA A LOS TRABAJADORES

Como bien sabéis, nuestros principios se basan en la lucha por los intereses colectivos de todos los trabajadores y trabajadoras, como sindicato de clase que somos, y, concretamente, en los de la plantilla de AYESA AT, en el caso de esta sección sindical de CSC.

Por esto, en muchas ocasiones obviamos en nuestras comunicaciones a la plantilla los ataques de la Dirección de la empresa que vivimos los delegados de CSC en primera persona, simplemente por defender los intereses y los derechos de los trabajadores y trabajadoras de AYESA AT, vuestros intereses y derechos. Así, pecando de prudencia, no os informamos de estos ataques, que ni son aislados ni se deben a otra cosa que no sea nuestra afiliación sindical y nuestro compromiso con la defensa de los trabajadores, de todos vosotros. En este sentido, te podemos resumir unos cuantos:

  • Estancamiento de nuestra carrera profesional

  • Sacarnos de los proyectos y aislamiento físico de los delegados de CSC para que otros trabajadores no se acerquen a nosotros

  • A continuación de ello, usar estos ataques sistemáticos para intentar mostrar a la plantilla que los delegados de CSC no quieren trabajar, empleando como difusores de dicho mensaje a los elementos más reaccionarios y afines a la Dirección

  • Acoso laboral —reconocido en firme por el TSJA— del compañero Fran Barjas. Posteriormente, este acoso laboral se materializa en el despido disciplinario del compañero en diciembre de 2015 cuando era Presidente del Comité de Empresa (expresión de la mayor agresión que contra los trabajadores puede realizar la empresa), tumbado en primera instancia por la jurisdicción social y ratificada posteriormente por el TSJA, estando hoy a la espera de la decisión definitiva del Tribunal Supremo

  • Traslado discriminatorio a Tenerife del compañero Luis Delgado, anulado por el TSJA y ratificada dicha sentencia por el Tribunal Supremo, por vulnerar su derecho a la conciliación

  • Etc.

Pues bien, hoy os traemos otro caso particular que es el del compañero Marcos Prado, que además de delegado del Comité de Empresa, es el máximo responsable de la sección sindical de CSC en AYESA AT. Pero no lo traemos aquí solo para denunciar un caso particular, para que la gente lo conozca, sino por las repercusiones colectivas del acoso y discriminación que está sufriendo por la defensa de los intereses de todos vosotros y vosotras.

Es necesario, para llegar a entender el caso, hacer una pequeña introducción de cómo se ha llegado hasta aquí. En primer lugar, hay que destacar que Marcos Prado es ANALISTA (el equivalente actual al grupo profesional 3-B-I suscrito en el XVII Convenio TIC, convenio de traición firmado por UGT y CCOO) desde, nada más y nada menos, que el año 2010, es decir, desde hace más de 10 años. Y destacamos esta fecha porque es justo cuando el compañero entra como delegado en el Comité de Empresa. "Casualmente", desde ese 2010, el compañero ve cortada su progresión profesional, de forma que lo sacan del proyecto en el que estaba y dejan de darle trabajo, quedando, salvo en contadas ocasiones, en meras colaboraciones en proyectos puntuales y casi siempre de inferior categoría, encargándole tareas menores, propias de un AP o incluso de Programador Jr. Y en la mayoría de los casos, ni siquiera el trabajo que le asignan es real ni efectivo, simplemente para intentar simular que se le tiene ocupado.

Con esta estrategia, la empresa lo que pretende es, por un lado, minar la moral del compañero para que abandone su labor en la defensa de los intereses de los trabajadores o, directamente, que se vaya de la empresa y, por otro, influir en el resto de la plantilla queriendo hacer ver que el compañero "vive muy bien cobrando sin trabajar", de manera que no solo le denigra al no darle tareas o dárselas de inferior categoría sino que, además, lo intenta desprestigiar delante de los compañeros.

Esta situación ha ido a peor en los últimos tiempos y el compañero lleva sin trabajo efectivo, salvo algún trabajo puntual, desde diciembre de 2018. A consecuencia de ello, harto de esta situación, Marcos Prado decide denunciar a la empresa por acoso laboral en junio de 2019. Pero lejos de mejorar la situación desde que denunciara, la situación se ha agravado con la pandemia y el estado de alarma. Así, ha quedado relegado en su casa, abandonado y olvidado, y del que la empresa no se ha preocupado lo más mínimo para darle trabajo efectivo o para asignarle a un proyecto. Hemos de tener en cuenta que el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas han durado unos 6 meses, período en el que nadie se ha puesto en contacto con él. Consecuentemente, tras la finalización del período de prórroga del teletrabajo hasta el 22 de septiembre y cuando el resto de compañeros se están incorporando al trabajo presencial, el compañero Marcos Prado decide escribir a la Dirección de RRHH para que le den indicaciones de cómo actuar, enviando el siguiente correo electrónico:

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Como veis, es el propio trabajador el que toma la iniciativa para resolver la situación, pues si no fuera por esta acción, la empresa no hubiera movido ficha y el compañero hubiera continuado aislado y abandonado a su suerte.

Pero no es hasta, prácticamente, dos semanas después que la Dirección de RRHH reacciona, simulando que se le da trabajo efectivo al compañero, demostrando que todos los movimientos que hace la empresa son orquestados de cara precisamente al juicio que tiene el compañero a finales de noviembre por su demanda de mobbing contra la empresa. Curiosamente, le encargan una colaboración en un proyecto que "casualmente" (otra vez la "casualidad") finaliza en diciembre de 2020, justo después de que se celebre el mencionado juicio. ¡Qué mayor prueba que ésta de que el trabajo que le encarga la empresa no es más que una simulación de cara a ese juicio! ¡No se puede ser más chapucero!

Y para ratificar que este movimiento está totalmente orquestado, justo al día siguiente de la comunicación de esta supuesta "colaboración", la dirección de RRHH responde al correo electrónico del compañero, el día 8 de octubre, contestando justo dos semanas después de su correo inicial, es decir, tarda dos semanas en contestar al compañero pero lo hace solo un día después de simular que le da trabajo, correo que te adjuntamos en PDF. Y es en esta respuesta que da la empresa en lo que nos queremos detener pues afecta al resto de la plantilla. Todo lo anterior era simplemente para poner en contexto la situación. No es nuestra intención desmontar todas las mentiras y patrañas que cuenta la Dirección de RRHH para justificar ante un tercero —el juez—, que ya se desmontarán a su debido tiempo, en el juicio del compañero, el próximo 27 de noviembre.

Pero sí nos detendremos a analizar algunas cuestiones interesantes para la plantilla:

  1. No hacía falta firmar ninguna adenda al contrato para teletrabajar durante el estado de alarma:

    La prueba de que, durante el estado de alarma, no era necesario firmar nada la tenemos en el siguiente extracto:

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    Basta con ser beligerante y defender firmemente nuestros derechos para que se nos respete como trabajadores.

  2. Excusatio non petita, accusatio manifesta:

    La empresa manifiesta que la cuestión sindical no es motivante para esta actuación. Sin embargo, es precisamente la empresa quien, para justificar sus medidas, saca cuestiones sindicales como las siguientes:

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    Como vulgarmente se dice, "qué tendrá que ver el culo con las témporas". Ante una cuestión meramente personal y laboral, la respuesta de RRHH saca la cuestión sindical como excusa, pues en su subconsciente está precisamente esta cuestión para actuar de tal modo.

    Por otro lado, alega la empresa lo siguiente:

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    Debería saber la Dirección de RRHH (y, de hecho, lo sabe) que en esas reuniones el compañero Marcos Prado no manifiesta su opinión personal sino que habla en nombre del sindicato CSC. Pero, aún así, entremos en el fondo del asunto ¿cuál fue el posicionamiento de CSC sobre el teletrabajo y que el propio compañero defendió en esas reuniones? Veamos lo que decía la propuesta de desescalada que CSC presentó a la empresa el pasado 07-05-2020:

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    Por lo tanto, el compañero fue rotundamente coherente con la postura defendida por CSC y queda la Dirección de RRHH nuevamente en ridículo, al mostrar sus mentiras y sus vergüenzas.

  3. Mientras a muchos trabajadores les niegan el teletrabajo al 100%, como medida de conciliación, la Dirección de RRHH le concede al compañero ese "privilegio".

    Mientras a muchos trabajadores les están negando el teletrabajo 100%, por los motivos más ridículos e inundándolos en burocracia absurda —incluso obligando al trabajador a solicitar una excedencia—, al compañero le conceden "graciosamente" esta medida, incluso dejando al compañero que sea él el que elija si quiere continuar con el teletrabajo o acudir presencialmente.

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    Pero no nos equivoquemos. La Dirección de RRHH, en otro ejercicio de manipulación, pretende revestir como un "privilegio" un claro acto de discriminación, pues activa un protocolo para el compañero totalmente distinto al resto de trabajadores y trabajadoras con necesidades de conciliación, con el claro objetivo de desprestigiar al compañero frente a la plantilla para que caiga en la anteposición de sus intereses personales frente a los del resto de trabajadores.

    Debe estar la empresa acostumbrada a comprar las voluntades de otros representantes de los trabajadores mediante prebendas, pero debe saber (si no lo sabe todavía) que esas tácticas no funcionan con los delegados de CSC. Sabemos perfectamente que anteponer nuestros intereses personales a los de la plantilla va en contra de los intereses del colectivo. Y también lo sabe la empresa, y por eso intenta por todos los medios corrompernos. Por supuesto, el compañero Marcos Prado no ha caído en la provocación y no ha antepuesto sus intereses personales a los de la plantilla; de hecho, lo podéis ver los martes y jueves en Torre Sevilla, cumpliendo la orden de la empresa de acudir dos días presenciales a la semana.

    Pero no nos queremos olvidar de la cuestión crucial que motiva este comunicado. Y es que, muy torpemente por parte de la Dirección de RRHH, ha proporcionado una prueba magnífica para todo aquel trabajador o trabajadora al que le hayan negado la aplicación del plan MECUIDA. Y no es otro que la prueba manifiesta de que, mientras al compañero le dan la posibilidad de teletrabajar al 100%, a su elección, al resto de compañeros/as se lo niegan de manera discriminatoria. Es más, el compañero Marcos Prado se ofrece para testificar a favor de los trabajadores y a proporcionar toda la documentación necesaria.

Y es que así funciona la organización de los trabajadores: analizando la situación, teniendo en la mente que el interés del colectivo está por encima del personal y que, si el colectivo avanza, los individuos que lo conformamos avanzamos con él. Pero si el colectivo retrocede, también los individuos nos vemos arrastrados por ese retroceso. Es por eso que actuamos en conciencia y ponemos a disposición del colectivo todas las pruebas necesarias para que el colectivo avance. Esta es la enseñanza que debemos

Si te han negado el teletrabajo como medida de conciliación (plan MECUIDA), ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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