miércoles, 10 de julio de 2019

¿"PLAN DE IGUALDAD"? TRAICIÓN A LA PLANTILLA Y CHEQUE EN BLANCO PARA LA DIRECCIÓN

A lo largo de estos dos últimos meses, en numerosos comunicados, os hemos ido descubriendo lo que encierra el Plan de Igualdad firmado por aquellos que dicen trabajar "en la consecución de beneficios y mejoras en las condiciones de trabajo", y que no es más que un cheque en blanco para que la Empresa recorte los derechos de los trabajadores. A modo de compendio de todos esos comunicados, os vamos a exponer algunos de los supuestos "beneficios y mejoras" que aporta.
 
  1. El Plan de Igualdad se sustenta en una gran mentira
  • No se trata de una actualización del plan de 2009 que impuso la empresa. En 2015 la Audiencia Nacional dictó sentencia (ratificada en 2017 por el Tribunal Supremo) por la que estimó la demanda interpuesta por la Sección Sindical de CSC contra la imposición unilateral por parte de la Dirección de un Plan de Igualdad por AYESA AT que no fue negociado con la representación legal de los trabajadores, condenándola a pasar y estar por la nulidad de ese plan.
  • No es cierto que la Igualdad forma parte de la estrategia empresarial. Sentencias condenatorias por despidos discriminatorios por razón de sexo –al ser las compañeras despedidas estando en estado o recién haber dado a luz– o por vulneración del derecho de los trabajadores a reducirse la jornada por guarda legal de hijo menor de 12 años, desequilibrios manifiestos entre sexos en todas las categorías profesionales (con más mujeres en los puestos más precarios)…, ponen de manifiesto que la estrategia empresarial está muy lejos de la Igualdad.
  • Reinterpreta la realidad. Dice el Plan de Igualdad que la distribución de la plantilla por sexos "es reflejo de la realidad social existente en nuestro sector", cuando la verdad es que el número de mujeres en la plantilla ha descendido un 2% desde 2009, como consecuencia de la nociva política empresarial en materia laboral de AYESA AT contra los trabajadores y trabajadoras.
  • El Plan de Igualdad debe sustentarse en un diagnóstico sobre la igualdad de oportunidades. En el diagnóstico se han de tener en cuenta fuentes documentales (prácticas de reclutamiento, selección y contratación, planes de formación, políticas de promoción y desarrollo de carrera, políticas retributivas, relación de perfiles y puestos de trabajo, movimientos de personal en los últimos años, etc.) y la realización de cuestionarios específicos a la plantilla. Pues bien, el Plan de Igualdad despacha el diagnóstico en tan solo 2 páginas y media (el Plan de Igualdad de 2009 lo hacía en 33). Es decir, no se ha hecho el diagnóstico requerido esencial para poder articular el Plan de Igualdad, hecho éste que demuestra que no ha habido negociación alguna sino una farsa cuyo objetivo único es satisfacer el interés de la Dirección de AYESA AT.
  1. El Plan de Igualdad presenta como novedades derechos consolidados
  • Bajo el título "Conciliación de la vida personal, familiar y laboral" (que pretende garantizar, medida III-C-1, con "la elaboración de una Guía para la Conciliación"),
  • En la entrada "Embarazo, adopción, maternidad, paternidad y lactancia" la medida "Tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto" ya estaba contemplada en la legislación vigente.
  • En el apartado "Permisos Retribuidos", el Plan de Igualdad incluye la medida "Equiparación de derechos para parejas de hecho con matrimonios", una medida que lleva 10 años aplicándose y que muchas de vosotros habéis disfrutado cuando os habéis registrado como pareja de hecho. Sin embargo, se suprime el regalo de Empresa que consistía en dos bonos de hotel que entregaba cuando el trabajador o la trabajadora se casaba o se registraba como pareja de hecho.
  • También en "Permisos Retribuidos", se incluye la medida "Incluir los grados de parentesco a madrastras/padrastros, hijastros/as para el disfrute de los permisos retribuidos". Estos permisos retribuidos con respecto a los grados de parentesco por afinidad llevan en vigor más de dos décadas.
  • Para "Facilitar y fomentar la modalidad de Trabajo" se incluye la medida "Se iniciarán los pasos para realizar prueba piloto de teletrabajo", y eso en una empresa que se vanagloria de haberse "internacionalizado" en la que lo que prima es precisamente el teletrabajo. En esta empresa se usan a diario herramientas para desarrollar o mantener sistemas en remoto y se establecen reuniones con compañeros y clientes localizados físicamente en otros lugares. Ya hay trabajadores que hacen teletrabajo, sin embargo, ahora se habla de iniciar "los pasos para realizar prueba piloto", quedando bien claro que esto es sinónimo de que la Empresa hará lo que le dé la gana, que en este caso será nada.
  1. El Plan de Igualdad restringe derechos.
 
  • Bajo el título "Conciliación de la vida personal, familiar y laboral" el Plan de Igualdad lo que hace es satisfacer las necesidades de la Dirección de la Empresa.
  • El permiso que en el Estatuto de los Trabajadores y en el XVII Convenio TIC es contemplado como retribuible para las sesiones informativas y trámites burocráticos en los casos de acogimiento y adopción, el Plan de Igualdad lo convierte en un permiso no retribuido en la medida III-C-5.
  • Se incluyen medidas que son incompatibles con la conciliación: asume como algo normal que los trabajadores, mediante horas extras, realicen más horas de las 1.760 establecidas en el calendario laboral, y tengan que estar presentes de manera obligatoria, como mínimo, de 9:30 a 18:00 horas, con una "flexibilidad" en la entrada sujeta al proyecto y las necesidades del cliente, o sea, subordinada a la voluntad de la Empresa.
  • Mientras que en las empresas del Sector los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido, y no recuperable, por el tiempo necesario para llevar a sus hijos al médico o a sus familiares de primer y segundo grado de consanguinidad/afinidad dependientes, el Plan de Igualdad lo restringe a 8 horas al año.
  • Las vacaciones, con los distintos tramos y la obligación de que 15 días sean del mes de agosto, vulnera lo establecido en el XVII Convenio del Sector. Cuestión ésta, por cierto, denunciada por CSC ante los Juzgados.
  • Incluye materias de convenio, tal y como ocurre con la medida (relativa a permisos no retribuidos, pero incluida en el aparatado "Permisos Retribuidos") "Mayor flexibilidad en el permiso sin sueldo, ampliando el máximo a tres solicitudes".
  • En el apartado "Equilibrio y proporcionalidad en la estructura de Ayesa AT",
  • Las medidas destinadas a "Definir un sistema que favorezca la igualdad de oportunidades en procesos de promoción, que garanticen la identificación del talento y la voluntad de desarrollo del personal" lo que en realidad expresan es que la Dirección de la Empresa va a seguir haciendo lo que le dé la gana, prevaleciendo la opacidad y el clientelismo, pues con ellas lo que se consigue es relegar la Promoción Profesional, cuando ésta debería ser basarse en un proceso de claridad, transparencia, publicidad para toda la plantilla y participación de la representación sindical para garantizar la limpieza y la justedad de las promociones profesionales.
  • Las medidas para "Definir un sistema que facilite y garantice la realización de acciones formativas por ambos sexos, así como adaptadas a sus circunstancias" proponen una falacia, pues si no hay diagnóstico y el dato de partida se desconoce, difícilmente se podrá aumentar la formación en jornada laboral un 5% en el periodo de un año.
 
  1. El Plan de Igualdad genera desigualdad.
  • La medida III-C-2 afecta únicamente al centro de trabajo de Sevilla cuando el ámbito del Plan de Igualdad es toda la Empresa. Por tanto, esa medida fomenta la desigualdad entre los trabajadores del centro de trabajo de Sevilla y el resto.
 
Es evidente que el objetivo de la Empresa es imponer su voluntad a los trabajadores, negarles sus derechos. Pero, para hacerlo con absoluta impunidad, necesita que sus dos criaturas sindicales (CCOO y UGT) tengan la mayor fuerza posible; por eso la Empresa se inmiscuye en las elecciones sindicales, maneja a su antojo los procesos electorales cometiendo todo tipo de trampa y vulneración, y también por eso la Empresa reprime a CSC, como acreditan sentencias judiciales, algunas de ellas firmes.
 
El "Plan de Igualdad" ha retratado a las Secciones Sindicales amarillas de CCOO y UGT, instrumentos de la Empresa para que ésta perpetre todas las fechorías que estamos describiendo. ¿Entiendes ahora por qué la Empresa se mete a sindicalista y por qué hace el juego subterráneo entre muchos de vosotros de vilipendiar a CSC? ¿Entiendes por qué CCOO y UGT son tan del agrado de la Dirección de esta Empresa, una empresa enemiga de los derechos de los trabajadores?
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

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