miércoles, 18 de septiembre de 2019

¿CUÁN SEGUROS ESTAMOS?

El Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación fija las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones relativas a la seguridad y el bienestar de las personas en lo que se refiere tanto a la seguridad estructural y de protección contra incendios, como a la salubridad, la protección contra el ruido, el ahorro energético o la accesibilidad para personas con movilidad reducida.
 
En lo que se refiere a la protección contra incendios, el Código Técnico de Edificación dice:
 
Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI).
 
    1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
 
    2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.
 
    3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.
 
    11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio, tanto al mismo edificio como a otros edificios colindantes.
 
    11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios.
 
    11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para facilitar que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.
 
    11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes.
 
    11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios.
 
    11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia estructural al incendio: la estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas.
 
Siendo así, cabe hacerse las siguientes preguntas sobre el edificio Alía, sede oficial del grupo Ayesa ubicado en la calle Marie Curie de Sevilla:
 
  1. ¿Cuenta el edificio con los elementos (estructurales, puertas de paso, delimitadores…) necesarios para satisfacer la exigencia básica SI 1?
  2. En relación con la exigencia básica SI 2, ¿es suficiente la escalera interior del edificio como única vía de evacuación en caso de incendio? ¿No debería disponer de una escalera exterior específica para emergencias que, además de facilitar la evacuación, permitiera el acceso a los equipos de rescate y bomberos (exigencia básica SI 5)?
  3. ¿Cómo está previsto evacuar a las personas con movilidad reducida si, en caso de emergencia, no se puede hacer uso de los ascensores (exigencia básica SI 3)?
 
En la reunión del, pendiente de constituir y aprobar su reglamento, "Comité de Seguridad y Salud" celebrada el 12 de septiembre, nuestros delegados sindicales han solicitado a la Responsable del Servicio de Prevención Propio (SPP) que se ponga en contacto con su homólogo en el edificio Alia para que éste les haga llegar los planes de evacuación de dichas instalaciones. La responsable del SPP los ha remitido al documento DO-2066 (ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA EN OTRAS INSTALACIONES DE AYESA), pero la información que este documento contiene se limita a la reproducción de planos y recorridos de evacuación como el que os mostramos aquí:
 
Imagen
 
Ahí podéis comprobar que la única "SALIDA" es la escalera interior y que, a pesar de que figura en la leyenda, no hay ninguna "SALIDA DE EMERGENCIA".
 
Que no nos pase na.
 
¡Fortalece el sindicalismo de clase! ¡Fortalece la dignidad y la lucha por nuestros derechos como trabajadores! ¡ Organízate sindicalmente en la Coordinadora Sindical de Clase(CSC)! ¡Afíliate a CSC!
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

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