martes, 22 de noviembre de 2022

ASC DEMANDA EL SMART JOB EN LA AUDIENCIA NACIONAL

Como bien sabéis, AYESA AT no ha dudado en actuar unilateralmente, ignorando la obligación que tiene de negociar colectiva e individualmente el teletrabajo, imponiendo sus condiciones, desoyendo lo que señala la ley referente al teletrabajo, una ley que en nuestra opinión es nefasta para los intereses de la clase trabajadora y cobarde.

Hemos de decir que, a pesar de que la ley es nefasta y cobarde, a la Empresa no le molesta la misma aunque la incumpla y la ignore, en la práctica, con su imposición. La forma de actuar de la empresa, despreciando a los trabajadores y a su representación, se debe a que tiene necesidad de enviar un mensaje, queriéndose mostrar como un ente todopoderoso que pasa por encima de los trabajadores, los tritura, al objeto de crear una psicología colectiva de imposibilidad de oponerse a sus imposiciones unilaterales, buscando un pensamiento de derrota y de sumisión entre la plantilla. Aunque ya hemos visto que la Empresa no es todopoderosa y que el despotismo y el caudillismo impuesto por la Dirección no son más que la prueba inequívoca de que es consciente de su debilidad y de la fortaleza de los trabajadores cuando actuamos de manera organizada en términos de clase.

Únicamente ASC emitió dos informes negativos a la imposición del Smart Job, que no es más que la imposición unilateral de la Empresa de una nueva forma de organización del trabajo por lo que pretende realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en diversas materias, ignorando la negociación con los trabajadores a través de sus representantes.

Así pues, ASC ha interpuesto una demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, y a continuación te trasladamos algunas de las razones que nos han llevado a adoptar esta determinación:

  1. La Empresa está imponiendo unilateralmente una modificación sustancial de las condiciones de trabajo negando la negociación colectiva para determinar la regulación común, así como la negociación individual, actuando de manera unilateral. De este modo la empresa vacía de contenido la Ley 10/2021.

  2. El modelo de contrato que incorpora el anexo del procedimiento Ayesa Smart Job viola el artículo 3.1 del Estatuto de los Trabajadores, alterando el sistema de fuentes de la relación laboral.

  3. La empresa da un trato discriminatorio a las personas que teletrabajan dependiendo del porcentaje de trabajo a distancia, tanto en lo concerniente a la entrega de materiales e instrumentos de trabajo como en cuanto al régimen retributivo, en la cuantía de la compensación de los gastos derivados del teletrabajo.

  4. La alteración unilateral de las condiciones de teletrabajo por parte de la Empresa sin compensación alguna para el trabajador.

  5. La Empresa pretende colar e imponer un protocolo de desconexión digital que no ha sido objeto de negociación ni de audiencia con la representación de los trabajadores. Protocolo que, por otro lado, no recoge el derecho a la desconexión digital, sino que lo que hace es reafirmarse en la negación de este derecho. Lejos de la desconexión digital lo que realmente hace la empresa es imponer la conexión digital permanente.

  6. La modificación que está realizando la Empresa con el Smart Job se encuadraría en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, afectando a la jornada de trabajo, al sistema de remuneración y la cuantía salarial y al sistema de trabajo y de rendimiento, por lo que la imposición unilateral vulnera el Estatuto de los Trabajadores en lo concerniente a este artículo así como el artículo 64 del mismo.

  7. La medida adoptada por la Empresa infringe el derecho de los trabajadores a la ocupación efectiva y a la promoción en el trabajo.

Nuevamente la Empresa se retrata. Es hora de que las trabajadoras y los trabajadores estemos en nuestro lugar para parar los pies a una empresa déspota que pretende sembrar una psicología entre la plantilla de miedo y desesperanza para que el trabajador o la trabajadora concluya en que la salida pasa por la sumisión. Compañero/a, toma conciencia de que esta praxis de la Empresa lo que denota es su temor y el miedo a que tomemos conciencia de que rompiendo la sumisión; con rebeldía y organización se le paran los pies, sus atropellos y su despotismo y se le dobla el pulso, como ya se le ha hecho a esta empresa en otras ocasiones. ¡De nosotros, los trabajadores y las trabajadoras, depende que siga el despotismo de la Empresa o la pongamos definitivamente en su lugar y le paremos los pies!

Te seguiremos informando.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A ASC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE A.S.C. EN AYESA AT

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