miércoles, 23 de mayo de 2018

SALARIALMENTE EL CONVENIO ES CRIMINAL

El pasado 30 de diciembre de 2017 se publicó en el BOE el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2018.
Este RD incrementa en un 4% las cuantías vigentes entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2017, quedando fijado un SMI de 735,9 euros/mes para 2018.
Pero, ¿qué es el Salario Mínimo Interprofesional o SMI?
El SMI sirve para marcar el sueldo mínimo que todo trabajador debe percibir por una jornada de trabajo, independientemente del tipo de contrato, y se expresa en cantidades netas, es decir, después de la deducción de impuestos como IRPF o Seguridad Social.
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Además, como establece el citado RD 1077/2017, para el cómputo del SMI no se tendrán en cuenta los salarios en especie, sino únicamente los dinerarios.
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El SMI está compuesto por 14 pagas, dando como resultado un SMI anual de 10.302,6 €. Aplicando esto al caso de Ayesa AT donde percibimos 12 pagas, tendríamos que el SMI mensual para 12 pagas sería de 858,55 €. Esto quiere decir que durante todo el año 2018, no puedes percibir ningún mes menos de esa cantidad íntegramente en metálico, de lo contrario, tendrías que reclamar a la empresa el abono de las diferencias, para lo cual te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros.
¿Cómo afecta el SMI al convenio colectivo?
Una vez explicados los aspectos legales, vamos a analizar otro detalle más de lo que supone firmar un convenio de traición y venderlo a los trabajadores como una mejora que, en algunos casos, está incluso por debajo de lo legal.
Cómo sabéis, el 7 de marzo de 2018 entró en vigor el XVII Convenio Colectivo para el sector TIC y en dicha fecha ya se conocía la cuantía del SMI para 2018. Pues bien, si nos fijamos en las clasificaciones profesionales más bajas del convenio, como la 3-E-III, vemos cómo para dicha clasificación se fija una cuantía, tras la subida del 3% desde octubre de 2017, de 10.813,27 € brutos anuales. Debemos recalcar que el SMI habla de cantidades netas y el convenio de cantidades brutas, es decir, a la cantidad que se refleja en el convenio habría que descontar IRPF, Seguridad Social…
Si tomamos como referencia un IRPF mínimo del 2%, tenemos como resultado que un trabajador con la clasificación 3-E-III podría percibir desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de marzo de 2018, según convenio, un salario mensual de 825,87 € netos, mientras que el SMI indica que el salario no puede ser inferior a 858,55 €. ¡Increíble! Desde su misma publicación, el XVII convenio incluye salarios que, a pesar de contemplar lo que han vendido como una subida del 3%, están por debajo del SMI, o lo que es lo mismo, incumplen la legalidad vigente.
Y por si os lo preguntáis, una persona que estuviese exenta de tributar el IRPF, según convenio podría percibir 843,89 €, con lo que también estaría por debajo del SMI.
Nos parece una vergüenza que, habiendo subido el SMI tan solo un 1% más que la "magnífica" subida del 3% que nos han vendido con el XVII Convenio TIC, el SMI pase de largo a los salarios de las clasificaciones más bajas recogidas en un convenio nuevo, esas clasificaciones a las que uno de los firmantes, Miguel Marín, definió como "basura" y por las que, supuestamente, debían alegrarse los compañeros que las tengan. Basta recordar las propias palabras de Miguel Marín:
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Teniendo en cuenta que esos 13.500 € de los que habla Miguel Marín no entrarán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2019 ¿Cómo se puede tener tanto descaro y desvergüenza? Pero, con estos dos sindicatos de la Patronal la capacidad de asombro, en términos de falta de pudor y decoro, es ilimitada. Con este convenio, contemplando su ámbito temporal de vigencia, desde el 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2019 nuestros salarios se empobrecerán un mínimo del 21,63%, como se ve en la siguiente tabla:
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Y decimos un mínimo porque ya hay indicadores económicos que nos muestran señales inequívocas del incremento de la carestía de vida para los trabajadores.
Ante esta realidad, donde incluso durante estos tres primeros meses de 2018, lo firmado en el XVII Convenio para el grupo profesional más bajo está por debajo del SMI, leemos el comunicado remitido por la Sección sindical de CCOO, sindicato que ha firmado el Convenio hace escasos meses, donde sin vergüenza alguna dicen:
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Al igual que a pocos meses de firmar este convenio donde consagran con su traidora firma que en esta década nuestros salarios pierdan más del 21% de poder adquisitivo, decía CCOO en el comunicado que os enviaron ayer:
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Como podéis comprobar, tanto CCOO como UGT no sólo venden a la clase trabajadora con Convenios de traición como el firmado, sino que se ríen con total desfachatez de los trabajadores. Ahí tenéis el humo que os vende UGT y CCOO, firmando convenios que desde su nacimiento contempla salarios por debajo del SMI que son una vergüenza para la clase trabajadora.
Los trabajadores únicamente podremos avanzar cuando adquiramos conciencia de que somos nosotros mismos los que tenemos que solventar nuestros problemas, que no vendrá nadie a salvarnos o a sacarnos las castañas del fuego. Los hechos acreditan que los trabajadores únicamente podemos avanzar mediante la lucha organizada y unitaria de los trabajadores en términos de clase, debilitando al máximo a los sindicatos de la Patronal, a aquéllos que nos engañan y firman traiciones a espaldas de nosotros. En nosotros está la solución, ¡Fortalece el sindicalismo de clase, organízate y únete a la CSC!
"El obrero moderno, por el contrario, lejos de elevarse con el progreso de la industria, se hunde cada vez más por debajo de las condiciones de su propia clase. El obrero se convierte en indigente y la indigencia crece más rápidamente todavía que la población y la riqueza. "
Carlos Marx.
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindica!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT

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