martes, 14 de mayo de 2019

TE INTERESA: JORNADA CONTINUA SIN REDUCCIÓN, ES POSIBLE

En Ayesa AT hay muchos compañeros y compañeras que trabajan con una reducción de jornada por guarda legal de hijos menores de 12 años o al cuidado de una persona —progenitores, hermanos, hijos de más de 12 años, etc.— con discapacidad física, psíquica o sensorial, que se ven obligados a acogerse a dicha medida, perdiendo parte de su salario, para poder tener una mejor conciliación de la vida familiar y laboral.
 
Precisamente por esto, desde CSC siempre hemos apostado por tener un calendario de jornada continua y flexible, que permita tener a todos los trabajadores de Ayesa AT —tengan o no hijos menores de doce años o personas a su cuidado— una mejor conciliación entre la vida familiar y laboral. A lo que la empresa siempre se ha negado.
 
En relación a este asunto, hemos conocido una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que reconoce el derecho de una trabajadora con guarda legal de dos hijos menores de 12 años, al cambio de la jornada laboral a turno de mañana sin reducción horaria. Es decir, que un juez ha reconocido el derecho de la trabajadora a poder disfrutar de una jornada continua de mañana para poder hacerse cargo de sus hijos en vez de tener que acogerse a la reducción de jornada.
 
La sentencia dictada por el TSJA, con sede en Sevilla, señala que no es labor de la trabajadora probar la necesidad de que sus servicios se presten únicamente en un turno, sino que la carga probatoria recae en la empresa. Es a ésta a la que le incumbe demostrar que confluyen razones poderosas que hagan inviable la pretensión de la trabajadora. Al no poder probar la empresa dichas circunstancias, el TSJA resuelve reconocer el derecho de la trabajadora al cambio de turno sin reducción de jornada por guarda legal de menores a su cargo, permitiendo de este modo la conciliación de la vida laboral y familiar de la misma. Para ello, se apoya en la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, que modifica el artículo 34 del ET para añadir el siguiente punto:
 
"8. El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquella.
 
A tal fin, se promoverá la utilización de la jornada continuada, el horario flexible u otros modos de organización del tiempo de trabajo y de los descansos que permitan la mayor compatibilidad entre el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores y la mejora de la productividad en las empresas."
 
Reconociendo un nuevo derecho a la adaptación razonable de la jornada de trabajo al trabajador por motivos de conciliación, sin necesidad de proceder a una reducción de jornada. Ampliando dicho derecho no solo a los padres y madres, sino a cualquier trabajador o trabajadora que tenga a algún menor o familiar a su cargo.
 
Además, hace hincapié en que la empresa no puede denegar dicha concreción horaria justificando razones como "elevadas exigencias de los clientes", "volumen alto de trabajo" o incluso alegando que la denegación "entra dentro de la facultad organizativa y del poder de dirección", tanto por lo absurdo del argumento como por desconocer el derecho que aquí se ejerce.
 
Por eso, desde CSC, te animamos a que, si tienes hijos menores de 12 años o una persona a tu cuidado y deseas poder tener jornada continua, ya sea en turno de mañana o de tarde, te pongas en contacto con nosotros para guiarte en el proceso.
 
Por otro lado, podéis observar que quienes han "enarbolado la bandera de la igualdad" y de la conciliación familiar en Ayesa AT —la Dirección de la empresa y sus sindicatos amarillos— no han hecho más que negar la posibilidad de que los trabajadores puedan tener una jornada continua; por ello la Empresa vulnera los derechos sindicales de los trabajadores, fomenta el fraude en las elecciones sindicales - inmiscuyéndose corrompiendo al proceso electoral para favorecer a los sindicatos amarillos que ha creado - al objeto de quitar y socavar los derechos de los trabajadores. Ahora, gracias a esta información que os trasladamos, habrá trabajadores y trabajadoras que puedan disfrutarla. Aunque no dudamos en que la empresa pondrá todos los obstáculos posibles, pues a ésta poco o nada le importa vuestra conciliación familiar.
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

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