jueves, 5 de marzo de 2020

ARBITRAJES ELECCIONES SINDICALES: LAS MENTIRAS Y CONTRADICCIONES DE UGT

El pasado día 25 de febrero, antes de iniciarse los arbitrajes por las impugnaciones de CSC al proceso electoral, el abogado de UGT planteó que se acumularan las cuatro primeras impugnaciones –1) sobre el comunicado de la Mesa Electoral del 13 de abril de 2018; 2) no publicación del censo electoral en los diferentes centros de trabajo; 3) trato discriminatorio en el censo a dos miembros de CSC; 4) inclusión en el censo de directores y apoderados– y que las tres impugnaciones más peliagudas, según criterio del abogado de UGT, las relativas a la distribución de mesas, a la votación y al registro de expediente con documentación falsa ante la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, se vieran en otros actos de arbitraje, en otros días, una vez se resolvieran los laudos de las cuatro primeras impugnaciones.
 
El Árbitro no admitió lo demandado por el abogado de UGT, alegando problemas inherentes a la Administración, como por ejemplo la falta de personal y la paralización de todos los actos de arbitraje desde diciembre.
 
Pero la verdad la oculta a la Plantilla la amarilla Sección Sindical de UGT para decir lo siguiente:
 
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Y abunda la Sección Sindical de UGT señalando:
 
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Y ponen el mismo gráfico que enviaron en dos comunicados remitidos desde la cuenta de correo electrónico del Comité de Empresa de Sevilla:
 
  • el del 20 de septiembre de 2019, a las 9:00 horas, titulado "Varapalo judicial a CSC: El Comité de Empresa es legal";
  • el del 30 de julio de 2019, a las 13:03, horas titulado "La Justicia rechaza demanda de CSC contra Comité"
 
De hecho, en este segundo comunicado incluyeron la sentencia a la que se refieren en el fichero 2019-07-12 - Social 10 – Sentencia.pdf, el cual adjuntamos. Ese mismo día 30 de julio, decían en su comunicado lo siguiente:
 
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¿Y qué dice esa sentencia judicial tan aplaudida por el Comité en su Fundamento de Derecho Tercero?
 
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Lo que dice realmente la sentencia judicial, tan aplaudida por el Comité, es que el objeto del pleito es la determinación de qué Comité de Empresa es el vigente mientras está abierta la vía arbitral o judicial y tales impugnaciones no hayan sido resueltas; pleito que surge como consecuencia de la existencia de dos actas diferentes emitidas por el CMAC, una de 24 de septiembre de 2018, que reconoce que el Comité vigente era el emanado del proceso electoral de octubre de 2013 y otra de 28 de septiembre de 2018 que reconoce que el Comité vigente era el emanado del proceso electoral de junio de 2018. Por consiguiente, lo que responde la Sentencia es únicamente a la controversia, mientras se resuelven las impugnaciones, de que el Comité vigente es el emanado de las elecciones de junio de 2018, pero que serán los laudos arbitrales y/o sentencias judiciales respecto de las impugnaciones interpuestas por CSC al proceso de elecciones sindicales las que determinarán la validez o no del Comité y, por ende, también de la validez de sus acciones.
 
Nuevamente, la Sección Sindical amarilla de UGT os remite un comunicado que únicamente tiene dos objetivos:
 
  1. Engañar a los trabajadores
  2. Arremeter contra CSC con mentiras.
 
Si la Justicia ya ha fallado contra CSC y ya ha ratificado al Comité de Empresa como afirma la Sección Sindical de UGT nos preguntamos:
 
¿Qué sentido tienen estos arbitrajes?
 
¿Por qué están tan nerviosos los miembros de UGT?
 
¿Por qué el abogado de UGT pidió en los arbitrajes que únicamente se repitieran las votaciones en las mesas itinerantes (según ellos 4) cuando se celebró el arbitraje de la impugnación de la votación?
 
Es evidente que a la Sección Sindical de UGT únicamente le queda encomendarse a la Dirección de AYESA AT, repetir las estupideces del abogado de AYESA AT y mentir a la plantilla. Por ello, señala repetitivamente lo siguiente:
 
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CSC lo que se niega a aceptar es que:
 
  • se vulneren los derechos de los trabajadores;
  • la Dirección de la empresa, manipulando a la Mesa Electoral y con la connivencia de sus sindicatos amarillos (CCOO-UGT), haga pucherazos;
  • la democracia de los trabajadores y su dignidad sean pisoteadas por la Empresa.
 
Y ello lo combatimos porque somos libres e independientes de la Patronal y su Estado, porque únicamente nos debemos a la clase trabajadora y no hemos sido creados por la Dirección de RRHH como, por ejemplo, UGT.
 
No nos extraña que UGT engañe a los trabajadores de AYESA AT, de hecho el nacimiento de la Sección Sindical de UGT no fue más que un engaño a la Plantilla realizado por RRHH. Como podéis ver, la Sección Sindical de UGT está del lado del pucherazo, del fraude electoral, del engaño y del sometimiento de la Plantilla.
 
¡Fortalece el sindicalismo de clase, únete a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

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