martes, 12 de mayo de 2020

¿CÓMO ACTUAR CUANDO LA EMPRESA TE PIDA ROMPER PROGRESIVAMENTE EL TELETRABAJO? Y TAMBIÉN INFORMACIÓN SOBRE LA HUELGA

Como bien sabes, porque te hemos informado puntualmente de todo ello, y porque conoces cómo piensa y cómo funciona la Dirección de esta Empresa, AYESA AT está en el modo de ir imponiendo unilateralmente la desescalada, incumpliendo irresponsablemente las leyes que desde el gobierno están dictando para ello, en la manera dictatorial que le caracteriza, ignorando a la representación sindical y legal de los trabajadores, pretendiendo someter a los trabajadores a la voluntad de los dueños de la Empresa de la forma caciquil a la que nos tienen acostumbrados.
 
Muchos compañeros, y sobre todo compañeras, nos estáis llamando por teléfono y remitiéndonos correos electrónicos sobre qué hacer y qué responder a la Empresa ante los correos que vuestros Jefes de Proyecto os están remitiendo para que vosotros, "voluntariamente", digáis qué día queréis asistir presencialmente a trabajar esta semana. Y entrecomillamos lo de voluntariamente porque todos vosotros sabéis que aquí lo que hay es una forma de imponer de la Empresa bajo la máscara de la supuesta voluntariedad, pues la Empresa sabe tanto la voluntad vuestra de seguir teletrabajando como de vuestra representación de negociar el proceso de desescalada y, de hecho, tienen encima de la mesa una propuesta de CSC, la cual ya conoces, y que entre otros aspectos considera que se debe mantener el teletrabajo como mínimo durante el tiempo que el Gobierno ha señalado, aunque nuestra organización sindical considera que lo óptimo sería el mantenimiento del teletrabajo hasta que haya una vacuna o un tratamiento eficaz contra la enfermedad. Sin menoscabo de ello, consideramos que cuando se deba implementar en la práctica el desescalamiento ‒que según el Gobierno corresponde a la fase III, es decir dentro de mínimo 4 semanas‒ el aforo en los centros de trabajo debe oscilar entre el 25% y el 37,5% del mismo, estando el resto de la plantilla teletrabajando. Te recomendamos nuevamente que leas nuestra propuesta, la cual la Empresa ignora pues ya ha manifestado que no piensa entrar a negociar nada y que va a imponer unilateralmente sus intereses, como estás pudiendo comprobar.
 
La Empresa, cuyo rostro ya conocemos todos y todas, está mostrando con claridad lo poco que le preocupa la conciliación de los padres y madres –no hay que olvidar que CCOO y UGT les han firmado un cheque en blanco llamado Plan de Igualdad que ya veis para lo que os sirve a vosotros, para recortaros derechos–, lo que le preocupa la salud de vuestras familias o lo que le preocupa la salud de vosotros, fundamentalmente de los trabajadores catalogados de riesgo. A todos ellos esta semana pretende imponer la asistencia presencial al menos una mañana, la semana que viene al menos dos, y de aquí a dos semanas desconocemos, pero tenemos claro que la Empresa pretende que a mitad de junio la "nueva normalidad" que pretende imponer –y a la que CSC se opone frontalmente– esté a pleno pulmón.
 
A los correos que te mande la Empresa demandándote cuándo tú voluntariamente quieres ir a trabajar presencialmente, te sugerimos des la siguiente respuesta, adaptándolo a las características de cada uno. En caso de tener dudas, ponte en contacto con nosotros para ayudarte. Te adjuntamos los siguientes modelos de respuesta:
 
  1. Modelo de respuesta para padres y madres:

    Buenos días.

    La empresa es perfectamente conocedora de mi situación, dado que tiene en su poder copia de mi libro de familia, {y también sabe que actualmente tengo una reducción de jornada por cuidado de hijos}.

    Del mismo modo, la empresa también es conocedora de que con motivo de la actual crisis sanitaria a causa de la COVID-19, el Gobierno estableció el actual estado de alarma y aprobó una serie de medidas entre las cuales se encuentran las siguientes:

    • Se ha suspendido la actividad de los centros escolares hasta septiembre de 2020.
    • En aquellas empresas en las que sea técnica y razonablemente posible, se debe teletrabajar.
    • La prioridad del teletrabajo frente al trabajo presencial se ha prorrogado hasta 2 meses después de finalizar el estado de alarma.
    • La empresa debe mantener el teletrabajo, si así lo estaba ya haciendo, como recoge la Orden SND/399/2020 de 9 de mayo del Ministerio de Sanidad.

    Es evidente, porque lo llevo haciendo desde el pasado día 16 de marzo, que en Ayesa AT es técnica y razonablemente posible realizar mi actividad en la modalidad de teletrabajo. De hecho, se está haciendo.

    Por otro lado, según el plan de desescalada publicado por el Gobierno del país, no es hasta la fase 3 del mismo (que se prevé entrará en vigor, como muy pronto, el 8 de junio) cuando se contempla iniciar los protocolos de reincorporación presencial a las empresas para la actividad laboral, y siempre teniendo en cuenta que el teletrabajo será prioridad hasta como mínimo 2 meses más tarde.

    Además de lo anterior, según la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, del Ministerio de Sanidad, dice en su artículo 3: "Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia".

    Es por ello, por lo que considero carece de sentido realizar ninguna solicitud de PERMANENCIA a 100% en teletrabajo, cuando es OBLIGACIÓN de la empresa el que todos los trabajadores para los que sea "técnica y razonablemente posible" se encuentren realizándolo, independientemente de su situación personal.

    Lo contrario sería desobedecer las órdenes dadas por el Gobierno de España y el Ministerio de Sanidad para esta crisis sanitaria.

    Por todo ello, mi voluntad es seguir manteniendo el TELETRABAJO al 100% tal y como lo estoy haciendo desde el pasado 16 de marzo de 2020.

    Un saludo,

  2. Modelo para trabajadores/as de riesgo:

    Buenos días.

    La empresa es conocedora de mi situación, { indicar motivo por el que se pertenece al grupo de riesgo } —lo comuniqué el día XX del mes YY de 2020, con el formulario al efecto adjunto, a { personas de la Dirección/Jefe de Proyecto al que se informó } y a la cuenta serviciodeprevencionayesa@ayesa.com—, por tanto, de acuerdo con la terminología recogida en el documento "PLAN DE ACCIÓN COVID-19 (Centros de trabajo de España). Medidas de información y prevención. 30 de abril de 2020", tengo la consideración de trabajador/a de RIESGO POTENCIAL.

    Del mismo modo, la empresa también es sabedora de que con motivo de la actual crisis sanitaria el Gobierno estableció el vigente estado de alarma y aprobó una serie de medidas, entre las cuales se encuentran las siguientes:

    • En aquellas empresas en las que sea técnica y razonablemente posible, se debe teletrabajar.
    • La prioridad del teletrabajo frente al trabajo presencial se ha prorrogado hasta 2 meses después de finalizar el estado de alarma.
    • La empresa debe mantener el teletrabajo, si así lo estaba ya haciendo, como recoge la Orden SND/399/2020 de 9 de mayo del Ministerio de Sanidad.

    Es evidente, porque llevo teletrabajando desde el 16 de marzo de 2020, que en Ayesa AT es técnica y razonablemente posible realizar mi actividad en la modalidad de teletrabajo.

    Por otro lado, según el plan de desescalada publicado por el Gobierno, no es hasta la fase 3 (que se prevé entrará en vigor, como muy pronto, el 8 de junio) cuando se contempla iniciar los protocolos de reincorporación presencial a las empresas, siempre teniendo presente que el teletrabajo será prioridad hasta como mínimo 2 meses más tarde.

    Además de lo anterior, la Orden SND/399/2020 del Ministerio de Sanidad, publicada el pasado sábado 9 de mayo, recoge en su artículo 3 el imperativo del teletrabajo: "Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia".

    Es por ello por lo que no entiendo esto que me envías en tu correo demandándome que con carácter voluntario acepte la imposición que, al parecer pretende imponerme la Empresa queriendo mostrar, no sé si ante un tercero, mi voluntariedad.

    La empresa es la primera que reconoce que estoy teletrabajando al 100% desde el 16 de marzo de 2020, sin embargo, se me dice que siga prestando esa modalidad de servicio "de carácter voluntario" (cosa que creo que ha quedado patente que no es cuestión de voluntariedad, sino de imposición normativa y legal), pero con ciertas condiciones.

    Por ello, si me pides mi voluntad te señalo que es la de seguir haciendo teletrabajo al 100% como vengo realizando desde el pasado 16 de marzo de 2020. De otro modo, si la Empresa no pide mi opinión y mi voluntad sino que me está dando una orden, ruego que ésta sea nítida y clara, pero entonces quedará claro que no es mi voluntad sino una imposición unilateral de la Empresa.

    Concluyo reiterándoles nuevamente que mi voluntad es la de seguir realizando teletrabajo al 100% como vengo realizando desde el pasado día 16 de marzo de 2020 hasta que desaparezca la situación de riesgo sanitario que, en mi caso, se acrecienta como consecuencia de mi pertenencia al grupo de riesgo.

    Sin más, recibe un saludo.

 
Hemos de recordarte que si un hijo/a o un ascendiente que conviva contigo pertenece al grupo de riesgo tú también perteneces por convivir con él/ella.
 
LA HUELGA YA ESTÁ CONVOCADA. INFORMACIÓN SOBRE LA HUELGA
 
Como os informamos ayer, la huelga ya está convocada. La huelga que hemos convocado desde CSC, como puedes apreciar por la convocatoria de huelga NOTIFICACIÓN A EMPRESA.pdf que te adjuntamos, tiene las siguientes características:
 
  1. Está convocada para los días 18, 19, 20, 21 y 22 de mayo.

  2. La franja horaria de la huelga será de 8 a 15 horas para cada día mencionado.

  3. Los motivos de la huelga son:

    1. El plan de desescalada impuesto unilateralmente por parte de la Empresa que fuerza a los compañeros a ir rompiendo con el teletrabajo forzando la presencialidad de la plantilla.
    2. La negación de la empresa a sentarse a negociar con la Representación Legal o Sindical de los trabajadores un plan de desescalada. Esto es negar el derecho de los trabajadores a la participación mediante la negociación colectiva.
    3. La vulneración por parte de la Empresa de los Reales decretos del Gobierno y la orden SND/399/2020 del Ministerio de Sanidad como consecuencia del estado de alarma
  4. El Comité de Huelga está compuesto por los compañeros de CSC Armando Cáceres Vázquez, Rafael García Berzagay, Luis Miguel Busto Mauleón, Marcos Prado Fernández, Rafael Romero Sánchez, Francisco José Rodríguez Martín, Luis Delgado Ramírez y Francisco José Barjas Fernández.

  5. El convocante de la huelga es el sindicato CSC.

  6. La convocatoria de huelga te da cobertura para hacer la huelga y no tener que acudir presencialmente al centro de trabajo al estar de huelga hasta las 15 horas.

  7. CSC ha tramitado la convocatoria de huelga en todos los organismos oficiales y ha pedido el correspondiente acto de mediación ante el SERCLA.

  8. El plazo de preaviso de la huelga es de 5 días naturales, por tanto, nuestro preaviso de huelga cumple el plazo legalmente definido.

 
Desde CSC evaluaremos durante esta semana si a principio de la próxima semana ampliamos la huelga para la semana del 25 de mayo, si la hacemos indefinida y si la ampliamos a los centros de trabajo de Madrid y Barcelona, dependiendo si estas provincias pasan a la FASE 1 y si la empresa allí pretende romper el teletrabajo. Os iremos informando.
 
Es el momento de luchar contra los atropellos de la Empresa. Es el momento de cerrar filas con el sindicalismo de clase, con los auténticos defensores de los trabajadores, con CSC.
 
Te seguimos informando.
 
¡Únete a la huelga! ¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a CSC!
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

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