miércoles, 7 de marzo de 2018

Acompañar a tu hijo al médico nunca ha sido recuperable

Acompañar a tu hijo al médico nunca ha sido recuperable
El pasado viernes 16 de febrero, tras una reunión con la Dirección de RRHH y posterior pleno extraordinario del Comité de Empresa, se debatió y votó un documento propuesto por la Empresa con los siguientes puntos:
  1. Tiempo de consulta médica para los hijos menores de edad, mayores de 65 años y familiar con discapacidad (para familiares de primer grado de consanguinidad).
  2. Los tiempos de pruebas/tratamientos médicos de enfermedades raras o graves de familiares.
    1. Se deberá describir por parte de la empresa y la RLT el catálogo de enfermedades consideradas graves, que servirá de referencia en la justificación de los supuestos.
    2. Se deberá atender al catálogo oficial de "enfermedades raras", que servirá de referencia en la justificación de los supuestos.
    3. Para acompañamiento a familiares de primer grado de consanguinidad.
    Para las medidas 1 y 2 la empresa habilitará una "bolsa de horas" de 8 horas/año y será única para la suma de todos los supuestos justificados. Además se deberá justificar a la empresa la naturaleza de la asistencia/consulta/tratamiento junto con el consentimiento expreso del familiar afectado.
  3. Se otorgará licencia retribuida de un día por acompañamiento a familiar de primer grado de consanguinidad al que se le practique prueba de cateterismo.
  4. Equiparación de las parejas de hecho con las casadas en permisos / licencias retribuidas.
Además de estos puntos, la empresa incluía otros párrafos en los que se refería a la supuesta aplicación del Plan de Igualdad de 2009 y en los que aludía a los puntos citados como "mejoras en materia de igualdad". Decimos "propuesta de la empresa" porque en las propuestas de mejora que se aprobaron desde el Comité de Empresa, en ningún momento se habló de materia de igualdad ni de Plan de Igualdad, sino de medidas de coste cero, y porque las mejoras recogidas en los puntos 1, 2 y 3 distan mucho de lo que propuso el Comité de Empresa.
Ya en el pleno extraordinario, desde CSC mostramos nuestro rechazo al documento en su conjunto por considerarlo un retroceso en las condiciones actuales de la plantilla. La votación se realizó punto por punto, tal y como impuso Miguel Marín, de los cuales solo votamos a favor del cuarto, el de la equiparación de las parejas de hecho con las casadas en materia de permisos retribuidos. En cuanto al tercer punto, se decidió solicitar a la empresa una redacción más clara del mismo, dado que surgieron dudas en su interpretación.
Lo que nos resulta inverosímil es que tanto UGT, como CCOO, se lancen a aprobar el resto de medidas (puntos 1 y 2) y que UGT incluso quisiera aprobar el punto 3, cuando en la actualidad dichos permisos ya están reconocidos legalmente. Es más, tanto en el pleno del Comité como en la reunión con RRHH, desde CSC les indicamos que muchos trabajadores, entre los que nos incluimos, ya habíamos disfrutado en varias ocasiones del permiso retribuido por la realización de un cateterismo a un familiar (incluso de segundo grado por afinidad y sin que hubiera habido ingreso hospitalario). Más llamativo es, si cabe, cuando en la anterior reunión con RRHH, el pasado 30 de enero, la redacción de ese tercer punto en la propuesta de la empresa era:
  1. Reconocimiento de cateterismo como intervención quirúrgica a efectos de licencias retribuidas.
y ahora, quince días después, es esta:
  1. Se otorgará licencia retribuida de un día por acompañamiento a familiar de primer grado de consanguinidad al que se le practique prueba de cateterismo.
Es decir, este nuevo documento presentado por RRHH es incluso peor que el anterior que, a excepción del presidente del comité Miguel Marín, nadie quiso aprobar (ni los delegados de UGT ni los de CCOO, además de los de CSC), y esta vez es aceptado en su mayoría por los delegados de UGT y CCOO. ¿Qué ha ocurrido en las reuniones que han mantenido en secreto, y a espaldas del Comité y de la Plantilla con el Director de RRHH, Jaime Zubiría, para este cambio de criterio? ¿A cambio de qué se acepta ahora?.
Hasta aquí lo acontecido en ambas reuniones que tuvieron lugar el pasado viernes, pero no queremos dejar pasar la oportunidad para mostraros el peligro que supone para los trabajadores dejar que delegados que se preocupan más por mantener "buenas relaciones" con la empresa que por defender los intereses de la plantilla, tengan la mayoría en el Comité de Empresa. Y es que la ley ya ampara a cualquier padre o madre para que pueda acompañar a sus hijos a consulta médica de la naturaleza que sea sin tener que recuperar el tiempo requerido y siendo éste retribuido.
El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores establece en su apartado d) que el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, y por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Esto queda reforzado por nuestro Código Civil, que dice en su artículo 110 que los padres y madres tienen la obligación de velar por sus hijos menores de edad, incluyendo entre dichas obligaciones la asistencia médica como se refleja en su artículo 142. Por si fuese poco, los apartados 2, 3 y 4 del artículo 39 de la Constitución Española también dan cobertura a esta obligación por parte de los padres y madres.
Existen sentencias que corroboran estos supuestos, como la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 17 de junio de 2011.
Por último, y siendo esto ya el colmo de la ineptitud por parte de la sección sindical de UGT que ostenta la mayoría en el comité, fijaos lo que dicen los siguientes artículos de su propio sindicato:
Al parecer, los delegados por UGT en Ayesa AT prestan más atención a la Dirección de RRHH que a su propio sindicato, mostrándose dispuestos a firmar los retrocesos que les plantea la empresa. ¿De verdad quieres que te representen?.
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
"De lo sublime a lo ridículo hay un paso."
Napoleón Bonaparte
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT

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